TODO VUELVE: «REFORMA LABORAL: FLEXIBILIZAR ES VOLVER ATRAS»

¿LA FLEXIBILIZACION LABORAL CREA EMPLEO O ESCLAVOS?… PASARON 27 AÑOS DE AQUELLAS POLITICAS NEFASTAS PARA LOS TRABAJADORES EN LA REPUBLICA ARGENTINA, Y CON EL DIARIO DEL LUNES YA ESCRITO POR EL ROTUNDO FRACASO DE ESA LEGISLACION NEOLIBERAL, HOY EL ACTUAL PRESIDENTE DE LA NACION QUIERE VOLVER A TROPEZAR CON LA MISMA PIEDRA, PRETENDIENDO QUE EL CONGRESO DE LA NACION LE APRUEBE SU LEY «BASES», PARA PODER ASI SOMETER A LA CLASE TRABAJADORA A UNA NUEVA FORMA DE ESCLAVITUD EN PLENO SIGLO XXI.

TRANSCRIBIMOS LA NOTA ESCRITA POR EL DR. FERNANDO DENIS MARZANO, PUBLICADA EN LA REVISTA «De puño y letra» N° 9 DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 1996:

Una de las primeras enseñanzas del Derecho Laboral Tradicional, orienta y define enfáticamente al espíritu de tal sistema normativo.

Así, aprendemos que el Derecho del Trabajo procura y debe procurar, proteger jurídicamente al trabajador frente a la desigualdad económica que innegablemente existe con el Empleador.

Entendemos entonces cómo, a partir de la llamada Revolución Industrial, con el advenimiento de los grandes conflictos sociales que ponían de relieve la desigualdad aludida, comienzan también a gestarse las normas tuitivas, protectoras de los Derechos de los Trabajadores.

Es decir que el Derecho Laboral como sistema normativo, es el fruto de décadas de luchas y sufrimientos de miles y miles de trabajadores, y expresa las legítimas conquistas alcanzadas a lo largo de todos esos años.

En nuestro país no puede extrañarnos, por ejemplo, que si bien la Ley N° 14.250 de Convenios Colectivos de Trabajo fue sancionada en 1953, su historia se remonta al año 1857, cuando se fundó la primera organización obrera (Sociedad Tipográfica Bonaerense ) que entre sus propósitos tenía «…conseguir que los operarios sean bien remunerados, en proporción de sus aptitudes y conocimientos, de modo que les garantice su existencia».

Ahora bien, no podemos dejar de reconocer que varias de esas Leyes han generado privilegios para ciertos sectores que, sumado a las distintas condiciones de la economía actual, alientan la necesidad de un «aggiornamiento» de la legislación.

Pero claro, la Reforma Laboral que nuestro gobierno propone, echaría por tierra importantes conquistas y desnaturalizaría por completo al Derecho Laboral. Con el argumento de que la actual Legislación no se adapta a las cambiantes condiciones de producción, y que es causa del alto desempleo, el Menemismo se apresta a dar una nueva y definitiva vuelta de tuerca con la llamada FLEXIBILIZACION LABORAL. Y con ella, indefectiblemente habrán de precarizarse las relaciones del trabajo.

En este sentido, advertimos que el elemento central de la propuesta es la «Derogación definitiva del concepto de Estabilidad Laboral», sobre todo a partir de la «Eliminación de la Indemnización por Despido».

El actual Sistema Indemnizatorio, sería reemplazado entonces por otro que «invita» a cada trabajador a pactar con su Empresa la creación de un fondo de ahorro que financiaría un eventual despido. Y si bien la modalidad no obliga a las partes ya que sería optativo, ¿estarían, Trabajadores y Empresarios, en un plano de igualdad económica y jurídica para pactar libremente?

Además, esta medida, largamente impulsada por los Empresarios, está directamente relacionada con otra del paquete Flexibilizador, cual es la de «Reducción del número de modalidades vigentes de contratación laboral». Esto se explica porque, con la desaparición de las actuales indemnizaciones, los Empresarios podrían despedir Trabajadores sin necesidad de recurrir a modalidades especiales de contratación. Aquí importa aclarar que con la llamada Ley de Empleo (Año 1991), se habían creado varias modalidades distintas de contratación por tiempo determinado, con costos mínimos de cargas sociales y sin indemnización.

Por otra parte, se modificarían también las normas sobre tipo de trabajo y descanso. Tiene que ver con las facultades de los Empresarios para imponer, según sus necesidades, los tiempos y formas de otorgar, por ejemplo, horas extraordinarias, francos y vacaciones a sus Trabajadores. Es decir que sujeto al arbitrio de su Empleador, el Trabajador podría por ejemplo, laborar los domingos y descansar otro día, salir de vacaciones junio en vez de hacerlo en el período comprendido entre Octubre y Abril del siguiente año, trabajar 4 horas extraordinarias diarias durante una semana y ninguna en la semana siguiente, etc.

Otro aspecto que he de destacar respecto a las medidas anunciadas, es el referido a la modificación del sistema de negociación colectiva entre Empresarios y Trabajadores. De la actual negociación por rama de actividad (Cámaras Patronales y Sindicatos), se pasaría a la negociación colectiva por Empresa.

Y aquí cabe nuevamente la pregunta: ¿Hoy por hoy, estarían los Empresarios y sus Trabajadores en un plano de igualdad para negociar?
Lo cierto es que los sectores Empresarios se pronunciaron largamente a favor de la negociación por Empresa, un ámbito en el que la relación de fuerzas respecto de la representación de los trabajadores les es claramente más favorable.

Además, resulta conveniente destacar, también que se establecería la «Disponibilidad Colectiva», esto es la posibilidad de que los Convenios pueden derogar Leyes o Decretos, Convenios anteriores e incluso Derechos Adquiridos sobre determinadas materias.

No caben dudas que de este modo, el Estado resignaría su rol de Defensa del Orden Público Laboral, y facilitaría la perforación del piso de Protección del Derecho del Trabajo.

NOTA ORIGINAL, QUE TIENE UNA VIGENCIA TOTAL EN LA ACTUALIDAD POLITICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. PUBLICADA EN LA PAGINA N° 7 DE LA REVISTA «De puño y letra» – AÑO V – N° 9 – DICIEMBRE DE 1996

Un comentario en “TODO VUELVE: «REFORMA LABORAL: FLEXIBILIZAR ES VOLVER ATRAS»

  1. El Dr. Marzano, autorizó esta nueva publicación? Seria muy importante que le hagan un reportaje o le pidan que escriba nuevamente una nota, con los casi 30 años de experiencia.

    Me gusta

Deja un comentario