11 DE OCTUBRE: «DÍA DEL MARTILLERO»

EL 22 DE DICIEMBRE DE 1945, EN ASAMBLEA LLEVADA A CABO POR LA FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE MARTILLEROS, SE DECLARO AL 11 DE OCTUBRE COMO «DIA DEL MARTILLERO PUBLICO», EN CONMEMORACION A LA FECHA EN QUE SE PRODUJO LA PRIMER ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE PIONEROS Y FORJADORES DE LA PROFESION, LLEVADA A CABO EN LA CIUDAD DE TANDIL EN EL AÑO 1943, CON EL OBJETIVO DE FORMAR UNA ASOCIACION, FEDERACION O COLEGIO.

POR SERGIO PEREZ [*] – [**]

Los 11 de Octubre nos recordamos como agentes necesarios de una sociedad moderna y como profesionales dentro del ámbito del Derecho.
Algunos intervenimos en la comercialización de bienes privadamente en los mercados ganaderos, en el sector de actividades industriales, en la reposición de bienes, otros nos desempeñamos en labores como peritos tasadores, otros como auxiliares de justicia o en subastas oficiales, otros como co-mediadores, pero en definitiva todos somos necesarios para el funcionamiento del comercio, la justicia y la economía.
Nuestra actividad comenzó en forma muy rudimentaria hace muchísimos años en estas tierras con la colonización y por qué no afirmarlo anteriormente en la antigua Roma de ahí el termino “Subasta” , venta bajo el Asta del Estado.
Actualmente nos encontramos insertos en Universidades como alternativa de estudio con salidas laborales.
Tenemos nuevos desafíos:
1) Incorporarnos en la era digital teniendo una plataforma exclusiva gestionada por martilleros o los Colegios Profesionales de la provincia de Sta. Fe con capacitación mediante.
2) Adecuar los directorios de los Colegios Profesionales a normas democráticas de representación de mayorías como minorías en la Prov. de Sta. Fe. Adecuar los Tribunales de Ética a las normas que rigen el nuevo Sistema Penal en la Prov. de Sta. Fe ya sugerida por una Acordada de una Sala de la Excma. Cámara Penal de la ciudad de Rosario.
3) Gestionar la sanción de una Ley de Jubilaciones de Martilleros y Corredores de Comercio.
4) Crear Institutos: de Tasaciones y Corretaje, Instituto de Mediación, Instituto de Subastas y Comunicación Jurídica, reformular el Tribunal Arancelario en un Instituto Arancelario, entre otros.
5) Lograr espacios sociales como Entidad Intermedia reincorporándonos a las actividades importantes de la ciudad de Rosario. Intervenir en modificaciones de leyes que incidan directa o indirectamente en nuestra actividad. Gestionar con otros Colegios Profesionales para entender en cuestiones interdisciplinarias u obtener beneficios para sus colegiados.
6) Reclamar ante el Poder Legislativo y Judicial de Santa Fe que conforme la capacitación académica actual de nuestra profesión para que podamos:
a) Concursar en concursos abiertos los cargos de oficiales de Justicia.
b)  Concursar en concursos abiertos en el área de Tasaciones en los Tribunales Provinciales.
c) Concursar en concursos abiertos para cargos en Juzgados de Pequeñas Causas.
d) Participar en todas las liquidaciones y enajenación de bienes en los depósito de las Municipales de toda la provincia conforme la ley provincial vigente.
7) Gestionar la participación ante la provincia como en los municipios, de la obligatoriedad de designar en las Tasaciones Oficiales a Martilleros matriculados en los Colegios de Martilleros.
8) Modificar la ley provincial de Mediación para participar como Mediadores y no solamente como co-mediadores en conflictos relativos a nuestras expertise.
9) Lograr una sala exclusiva para el Colegio de Martilleros con su espacio para subastas en los Tribunales Provinciales de la ciudad de Rosario como los otros colegios profesionales (Abogados, Procuradores, Consejos Prof. de Ciencias Económicas, entre otros).
10) Gestionar ante las Universidades privadas o públicas la creación de especializaciones o licenciaturas en diferentes materias, por ejemplo:  subastas en sus diferentes formas, fondos de comercios, tasaciones en sus diferentes variantes, entre otras.
11) Incorporar la Carrera de Martilleros y Corredor Público en la Universidad Nacional de Rosario.
[*] MARTILLERO PUBLICO (TASADOR – MEDIADOR – PERICIAS JUDICIALES)
Matriculado en Colegio de Martilleros Ley N° 7.547/75.
Subastas Judiciales, Publicas, Privadas e Industriales.
[**] NOTA PUBLICADA EN LA REVISTA IMPRESA N° 11 – OCTUBRE DE 2024

Deja un comentario