JUSTICIA LEGÍTIMA ANTE LA CONDENA A CRISTINA FERNÁNDEZ

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió en el día de ayer un fallo por el que confirma los pronunciamientos anteriores, que dispusieron la condena a seis años de prisión de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y le imposibilitan de por vida el acceso a cargos políticos.

La causa contra C.F.K. constituye, desde sus inicios, un muestrario de irregularidades groseras, que resultan incompatibles con los principios y garantías básicas que hacen a la vida ciudadana en un Estado de Derecho.

El proceso se inició reabriendo una causa cerrada por haberse dictado su sobreseimiento, violentando así el principio por el que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho.

Continuó con una auditoría sobre tres rutas de la Pcia. de Santa Cruz, que verificó la inexistencia de irregularidades –circunstancia ratificada luego por los peritos en sus testimonios-, y no obstante ello, esa fue la base de la imputación.

En el trámite seguido, se le negó a la ex presidenta la realización de prueba fundamental como, por caso, la comparación de precios de las obras públicas auditadas con los pagados por obras similares en otras provincias, y si la mayoría de tales obras eran llevadas a cabo por empresas locales, en razón de los menores costos logísticos.

Quienes intervinieron como fiscales o jueces en el proceso, interactuaban de manera frecuente y promiscua con el ex presidente Macri –de quien, al momento del inicio de la causa, C.F.K. era su principal adversaria política-, sea en actividades supuestamente deportivas o en los despachos de Casa Rosada, Olivos o en su quinta de Los Abrojos.

Pero además, el delito de “Administración Fraudulenta” por la que se condena a la Ex Presidenta, resulta en este caso jurídicamente imposible de concretar. Ello es así toda vez que la C.N. coloca en cabeza del Jefe de Gabinete la Administración del Presupuesto Nacional –por lo que quien ejerce la Presidencia no tiene injerencia al respecto-, a lo que se suma que quienes ejercieron esa Jefatura de Gabinete, como así también el Ministro de Obras Públicas que intermedió en esas obras y el Gobernador de la Pcia. de Santa Cruz, donde aquellas se concretaron, resultaron absueltos.

A la luz de lo expuesto, es claro que la inusitadamente veloz y oportuna -en términos electoralmente proscriptivos- sentencia dictada por los tres varones que integran la C.S. –dos de los cuales aceptaron en su momento ser designados por Decreto por el Ex Presidente Mauricio Macri-, constituye papel mojado, sin valor jurídico ni ético alguno, solo demostrativo de la putrefacción del sistema de administración de justicia, convertido en herramienta para proteger a quienes llevan a cabo el proyecto de destrucción del Estado, entrega del patrimonio nacional, y pérdida de nuestra Soberanía, y, simultáneamente, de persecución a quienes se oponen a ese propósito.

Desde nuestra organización continuaremos bregando por recuperar el Estado de Derecho, el Sistema Democrático y el Respeto a las Garantías Ciudadanas.

MATILDE BRUERA – PRESIDENTA ASOCIACION CIVIL JUSTICIA LEGÍTIMA
Buenos Aires, 11 de Junio de 2025

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