TERCERA EDICIÓN DE 2121

TERCERA EDICIÓN DE LA NOVELA DE CIENCIA FICCIÓN 2121 DE FABIÁN ARIEL GEMELOTTI

POR MARIANO DEL PRADO (*)

Ya está en todas las Librerías del País la Tercera Edición de la Novela de Ciencia Ficción 2121. Las dos ediciones del año pasado se agotaron en pocas semanas.

¿Cuál es el mérito de la novela?
2121 podría ser clasificada como «La primer novela rosarina de porno en clave de ciencia ficción», nos dice el prologuista Fernando Marquinez en su prólogo para esta nueva edición.

¿Es una novela porno?
Creo que tiene elementos del porno, pero la novela no es una novela exclusivamente pornográfica. El mérito de la novela lo podemos encontrar en su «vértigo» (Marquinez, prólogo) y en el clímax del «fanzine, del cómic» (Marquinez, prólogo): y en la fotografía que se despliega en los textos.
Este logro, que es difícil en una novela, es un mérito por sí mismo que hace de 2121 que se lea de un tirón para no «perderse la velocidad del texto» (Marquinez, prólogo).

2121 propone muchas cosas y los personajes están muy bien construidos. Desde Walter F. pasando por Fernanda la vampiro a Catanguita. Ya avanzada la novela se incorporan el General Perón, Napoleón, Milei y Pocho la Pantera, en una catarata escatológica que alucina al lector en una parodia atemporal de la historia.

2121 podría ser comparada a otras novelas, como La máquina del tiempo de Wells o a La conjura de los necios de Toole; pero la novela se despega de esas influencias para adquirir personalidad propia y lograr impactar al lector en una «masturbación onírica» (Marquinez, prólogo).

2121 ya puede ser considerada un clásico de la Ciencia Ficción Argentina, quizás la única novela donde el porno, la aventura, el futurismo y los viajes en el tiempo se reúnen para crear una historia alucinante.

(*) PROFESOR DE LITERATURA

POR DECRETO Y EN COMISIÓN SE CUBREN VACANTES DEL MÁXIMO TRIBUNAL

POR JORGE LUIS ELIZONDO

El Decreto Nº 137/2025 publicado en el Boletín Oficial el 26 de Febrero de 2025, designa como miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Dres. Manuel José García-Mansilla y Ariel Oscar Lijo. 

El mecanismo elegido para la designación por el actual Presidente de la Nación es el del Art. Nro. 99 Inc. 19 de la Constitución Nacional, que hace referencia a la posibilidad de que el titular del Ejecutivo “puede llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Pero hay un procedimiento específico, de carácter ineludible, para la designación de los magistrados de la Corte Suprema y es el que establece el Art. Nro. 99 Inc. 4 de la Constitución Nacional, reformada en 1994:  el Presidente de la Nación “Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en Sesión Pública convocada al efecto”.

La designación de los miembros de la Corte Suprema no es una atribución exclusiva del Poder Ejecutivo, sino que debe integrarse con el acuerdo legislativo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado en una sesión pública que debe convocarse a tal efecto.

Violando esta disposición, la designación de Lijo y García-Mansilla se ha efectuado en comisión, fundándose en el Inciso 19 del Art. Nro. 99 de la Constitución. Se ha empleado como argumento que el Congreso se hallaba en receso al emitirse el Decreto y que la Corte no puede funcionar sólo con tres miembros.

RAZONAMIENTOS FALACES Y JURÍDICAMENTE INSOSTENIBLES

Se dice en los considerandos del mismo que la utilización de este Inciso 19 “no se presenta como un mecanismo para eludir los requisitos legales y reglamentarios vigentes, sino que se fundamenta en la necesidad imperiosa de integrar el Máximo Tribunal luego de que hubieren transcurrido nueve (9) meses sin que el H. Senado de la Nación se hubiere pronunciado respecto de los pliegos de los candidatos para ocupar el cargo de jueces de la Corte Suprema de la Nación. Que independientemente del cumplimiento de todos los procedimientos dispuestos mediante el Decreto Nro. 222/03 y el Reglamento del H. Senado de la Nación, también se encuentran cumplidos los presupuestos fácticos exigidos por la Constitución Nacional para que el Presidente de la Nación pueda ejercer la facultad de realizar nombramientos en comisión”.  Sostiene que “…el Presidente de la Nación se encuentra constitucionalmente habilitado para realizar nombramientos en comisión cuando la vacante para el cargo que requiere el acuerdo del H. Senado de la Nación se hubiere producido durante el receso legislativo o con anterioridad al mismo, siempre y cuando aquella vacante siga existiendo una vez entrado el período de receso en cuestión”.

Hay varios errores en el razonamiento del Poder Ejecutivo:

El Inciso 19 del Art. Nro. 99 de la Constitución, modificada en 1994, establece condiciones expresas que no pueden ser interpretadas con la amplitud que pretende el autor del Decreto. Dice que  “puede llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

  1. Es insostenible que se hable de “llenar vacantes de empleos”, porque en el caso se trata de dos miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y no pueden ser equiparados con la cobertura de empleos dependientes del Poder Ejecutivo, tales como los Generales de las Fuerzas Armadas, Embajadores, y otros. En ningún caso, el Presidente puede designar a miembros de la Autoridad Máxima del Poder Judicial en Comisión, como si se tratara de empleados suyos. Esta pretensión constituye una clara violación del Principio de la División e Independencia de los Poderes y el Sistema Republicano de Gobierno.
  2. Por otra parte el inciso se refiere a las “Vacantes” que ocurran durante el Receso Legislativo, y una facultad de Excepción como la prevista no puede ampliarse a los casos en que las vacantes hubieran ocurrido antes.
  3. El argumento de que el Presidente se “vio obligado” a emitir el Decreto Nro. 137/2025, cuando las vacantes de los ministros de la Corte se produjeran el 29 de Diciembre de 2024 (durante el receso legislativo) y el 1º de Noviembre de 2021, “sin que el Senado de la Nación se hubiere pronunciado respecto de los pliegos de los candidatos para ocupar el cargo de jueces de la Corte Suprema de la Nación”, es un pretexto insostenible de acuerdo a nuestra Constitución. El Presidente carece de facultades de intervención para impedir que el Senado discuta la totalidad de las propuestas existentes referentes a los dos cargos, y no sólo aquellos que el Ejecutivo desea que se aprueben.
  4. Es cierto que la Corte no puede funcionar con tres miembros, ni tampoco demostró que lo hacía con cuatro. No se han cubierto las numerosas vacantes de Jueces Federales de todo el país. Tampoco puede admitirse que el Procurador continúe siendo el Dr. Casal, que carece de acuerdo del Senado, y aún continúa ejerciendo su cargo desde que fuera designado por Macri. El Gobierno actual, durante más de un año no demostró ningún interés en el grave problema de todo el Poder Judicial, y no parece interesado en resolverlo. 
  5. Todo ello demuestra que el verdadero objetivo del decreto es que los Dres. Lijo y García-Mansilla presten juramento y sean puestos en funciones por la Corte sin el acuerdo del Senado, y por el término de un año; como de hecho ocurrió el Viernes con García-Mansilla, lo que implica un Avance Inconstitucional del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial.

ARGUMENTOS QUE REMITEN A LA CONSTITUCIÓN DE 1853 Y A LA JURISPRUDENCIA NORTEAMERICANA

Los autores del Decreto sostienen que la posibilidad de nombrar por Decreto y en Comisión del inciso 19 del Artículo Nro. 99 de la Constitución que esta facultad de realizar nombramientos no se limita a los empleados dependientes del Poder Ejecutivo que requieren acuerdo del Senado, sino a todos los jueces federales de todos los grados e instancias,  inclusive los de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, porque ello surgiría del referido inciso 19 del Art. Nro. 99 de la Constitución y de los artículos 1° y 2° del Decreto-Ley N° 1285/58.  

Dichos argumentos son insostenibles.

En primer lugar, el inciso 19 del Art. 99 no se aplica a los jueces, sino a quienes tienen un empleo dependiente del Poder Ejecutivo de la Nación. Como ha dicho el Juez  Federal Alejo Ramos Padilla cuando hiciera lugar al amparo contra el Decreto 83/2015 dictado el 2 de Diciembre de 2015 que designaba en comisión a Rosenkranz y Rosatti: “La sola idea de que los magistrados puedan ser considerados “empleados” del Poder Ejecutivo nacional, podría poner en crisis todo el sistema republicano y de división de poderes establecido en la Constitución Nacional, a la vez que implicaría la arrogación de facultades judiciales de manera indirecta por parte del Presidente de la Nación expresamente prohibidas por la ley suprema”. [1]

La cita del Decreto Nro. 1285/58 que –a juicio del Poder Ejecutivo- “Reafirmaría” la facultad de nombrar miembros de la Corte Suprema “En Comisión”- no puede admitirse a la luz de la Reforma de 1994, que a los fines de limitar la Discrecionalidad Presidencial, Consolidar la Independencia del Poder Judicial y el Equilibrio de los Poderes, ha establecido en el inciso 4º del Art. Nro. 99 una Mayoría Agravada de los dos tercios de los Miembros presentes del Senado que debe ser expresada en Sesión Pública.

No es cierto que el máximo tribunal no pueda funcionar hasta tanto se designen nuevos integrantes, pues existe un procedimiento previsto en el Art. Nro. 22 del Decreto Ley Nro. 1258/58, ratificado por la Ley Nro. 14.467, que establece el modo en que pueden cubrirse las vacantes transitorias, a través de los Presidentes de Cámara y el nombramiento de conjueces. La utilización de la facultad otorgada por el Art. 99 inc. 19 constituye un ejercicio desviado de una atribución que responde a fines totalmente diferentes: la cobertura de empleos correspondientes al Poder Ejecutivo, “previsto –como dice Alejandro Carrió–  para casos de absoluta urgencia, como cuando hay que nombrar a un embajador en el exterior en medio de un conflicto diplomático o a un general en medio de un conflicto con militares”.

El hecho de que en 1853 –al aplicarse la primera Constitución Nacional- el Presidente Urquiza haya designado jueces, y luego Bartolomé Mitre haya utilizado esta facultad en 1865 para designar miembros de la Corte “En Comisión” sin acuerdo alguno del Senado no justifica la Decisión Ilegal del actual Gobierno.  

La historia de las instituciones no constituye una fuente interpretativa de las normas constitucionales, mucho menos cuando muestra claras irregularidades en el ejercicio de las facultades del Presidente de la Nación. El hecho de que en el pasado los Presidentes argentinos hubiera incurrido en excesos en la época de las luchas entre Buenos Aires y la Confederación, en las llamadas “guerras de policía” contra las montoneras, los caudillos federales y los pueblos del interior (a los que llamaban los “14 ranchos”) no justifica que hoy se cometan nuevos excesos tomando como ejemplo Mucho menos válido resulta recurrir a antecedentes de magistrados de la Corte Suprema de EE.UU. nombrados en comisión, porque el hecho de que la Constitución de este país haya sido una de las fuentes de la Constitución de 1853 no supone de ningún modo que la jurisprudencia, las costumbres o las decisiones de su gobierno en materia judicial puedan ser fuente interpretativa de nuestras normas constitucionales. 

VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE INAMOVILIDAD DE LOS JUECES

El Decreto 137/2025 viola el principio de inamovilidad de los jueces, ya que son designados con un término fijo; y van a cubrir la misma responsabilidad de aquellos que fueron designados de acuerdo a las normas constitucionales.

Que la Corte acepte la designación y les tome juramento, no sólo viola la Constitución Nacional, sino su propia doctrina. Cabe recordar que en el caso “Aparicio”, el máximo tribunal declaró la nulidad del Decreto 856/14 firmado por la Presidenta Dra. Cristina Fernández de Kirchner, por el que se designaba a los conjueces que habrían de actuar como miembros de la Corte Suprema, por no contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado de la Nación, exigido por el ya mencionado inciso 4º del Art. Nro. 99 de la Constitución Nacional. En dicho fallo, la Corte sostuvo que para consolidar la Independencia del Poder Judicial de la Nación y reforzar el equilibrio político que debe primar en  la integración de la Corte Suprema, incluso los conjueces designados para integrarla de manera excepcional y en caso de vacancia, debían contar con el acuerdo y con la mayoría de los dos tercios de los miembros presentes del Senado [2].

Si tal fue el criterio sostenido por los miembros de la Corte en relación a los conjueces –que eventualmente podrían llegar a integrarla para resolver algunos casos- ¿cuál debería ser su posición respecto al Decreto Nro. 137/2025, que designa magistrados para intervenir en todos los procesos en trámite ante la Corte Suprema?. Contradiciendo su propia doctrina, los  tres miembros de la Corte Suprema han resuelto avalar la integración del máximo Tribunal con profesionales del Derecho que no han sido designados de acuerdo al procedimiento establecido por la Constitución Nacional. El acto de tomar juramento a García-Mansilla no es más que la consumación de una designación de facto, tales como las adoptadas por las dictaduras cívico-militares que destituyeron  y designaron de nuevos miembros de la Corte, sin acuerdo del Senado, por cuanto habían disuelto el Congreso. En nuestro caso, el Congreso no ha sido disuelto, pero el actual gobierno –a través del Decreto Nro. 137/2025- ha impedido que el Senado pueda intervenir en la designación de los miembros de la Corte conforme a lo dispuesto por el Inciso 4º del Art. Nro. 99: Aprobación de los dos tercios de sus miembros presentes y en Sesión Pública.  Desconocer estas facultades del Senado equivale de hecho a una designación de facto.  Resulta evidente que tratándose de actos nulos, de nulidad absoluta, no pueden ser convalidados por los tres Miembros actuales del Máximo Tribunal.

OBJETIVOS POLITICOS DEL DECRETO Nro. 137/2025

Otorgar validez jurídica a estas designaciones por decreto y en comisión de magistrados del Máximo Tribunal –como lo han hecho los tres miembros de la Corte al decidir tomar juramento a García-Mansilla y Lijo, y concretarlo en el primer caso- configuran Actos Ilícitos con los que se pretende convalidar un Decreto Violatorio de la Constitución Nacional.

Hay un exceso en el ejercicio de las facultades que la Constitución asigna al Presidente, que afecta la Independencia del Poder Judicial, la División de Poderes y el Sistema Republicano de Gobierno. La aceptación de los abogados propuestos en tales condiciones los inhabilita para tan elevado cargo, cuando deberían haberlo rechazado por evidentes razones constitucionales y éticas.  Los tres miembros de la Corte se han convertido en cómplices del Ejecutivo al disponer tomar juramento a tales jueces de facto, y materializarlo en uno de los casos. El Senado debe no sólo impugnar el Decreto Nro. 137/2025 del Poder Ejecutivo, sino la convalidación de la Corte y los juramentos, que violan la independencia de los poderes y el sistema republicano .

En los considerandos, el gobierno transparenta sus verdaderas intenciones:

“Que el H. Senado de la Nación aún no se ha pronunciado en el sentido de aprobación o rechazo de ninguno de los pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo Nacional”. “Que, en efecto, en lugar de haber realizado un análisis serio y objetivo respecto de la idoneidad de los candidatos propuestos, el H. Senado de la Nación ha optado reiteradamente por demorar su pronunciamiento en virtud de consideraciones motivadas por la conveniencia política”.

Al referirse a los procedimientos existentes para integrar la Corte con presidentes de la Cámara del fuero federal o con conjueces en caso de no llegar al número legal para fallar, dice que aquel mecanismo no resulta idóneo ni eficiente para garantizar un funcionamiento normal y estable del Tribunal.

Dice que no existiendo lista de conjueces, habría que integrarlo con los presidentes de las Cámaras por sorteo; y que la utilización reiterada y extendida del mecanismo previsto “conllevaría la posibilidad cierta de que los distintos jueces que se vayan integrando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cada caso concreto tengan criterios divergentes entre sí”. “Que en tal sentido, apelar a un mecanismo que implique una constante alternancia de jueces en la composición del Máximo Tribunal podría impactar sobre la previsibilidad y seguridad jurídica que resultan necesarias en un Estado de Derecho”.

 “Que la situación actual en la que se encuentra la Corte Suprema de Justicia de la Nación la sitúa ante el riesgo inminente de una parálisis del ejercicio de su función jurisdiccional”. La virtual parálisis existe desde hace mucho tiempo, y el actual gobierno la ha tolerado, por cuanto esta Corte nunca ha cuestionado las decisiones inconstitucionales y contrarias a los derechos humanos del Ejecutivo.

La “previsibilidad y seguridad jurídica que resultan necesarias en un Estado de Derecho” son las que se ajustan a los intereses de los grupos económicos favorecidos por el DNU 70/2023 y la llamada “Ley bases”, además de los decretos que –como el 116/2025- cambian la estructura jurídica y amenazan con privatizar el Banco de la Nación Argentina- entre otras normas que el Presidente ha dictado por decreto, utilizando la amplia delegación de facultades legislativas obtenidas mediante coimas, presiones y amenazas.

El Decreto Nro. 137/2015 persigue un fin político inmediato: impedir que el Senado pueda ejercer su derecho a rechazar las designaciones y que continúe la discusión de las propuestas existentes tanto para cubrir los dos cargos vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Pero la orientación jurídica y política de los designados ponen en evidencia que el Poder Ejecutivo transmutado en único poder real del Estado tiene un objetivo estratégico: que la “NUEVA” Corte Suprema garantice la totalidad de las Decisiones Políticas del Gobierno, incluyendo las que VIOLAN DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS DE LOS TRABAJADORES Y JUBILADOS, las que están Destruyendo o Desfinanciando los Sectores del Estado destinados a LA PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA, LA CIENCIA, LA EDUCACIÓN, LA CULTURA Y EL DEPOTE, Y LOS CENTROS DE MEMORIA HISTÓRICA Y DE LOS CRÍMENES DE LA ÚTLIMA DICTADURA, todo ello a través del ejercicio ilimitado de las facultades delegadas por el Congreso de la Nación.  

ARIEL OSCAR LIJO, JAVIER GERARDO MILEI, Y MANUEL JOSÉ GARCIA-MANSILLA

[1] CSJN 1095/2008 (44-a) CS1, Aparicio, Ana Beatriz y otros c/EN- CSJN- Consejo de la Magistratura, Art. 110 s/ Empleo Público.


[2] Juzgado Federal de Dolores, 32281/2015, Orbaiceta, Mariano José c/ Poder Ejecutivo de la Nación s/ Amparo ley 16.986.

LA TEORÍA DE LA IMPLOSIÓN

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La “Motosierra” de #Milei, como era esperable, está destruyendo los institutos de salud, de investigación, de meteorología, de bienestar social… y todos los demás en la búsqueda loca de un ficticio superávit fiscal para controlar la inflación.

Bueno, ni lo uno ni lo otro, porque el Superávit es “Patear para Adelante” Gastos Corrientes y necesarios para el funcionamiento del Estado. ¡Y la inflación se ha disparado como en los ’80!

También hablaremos de México y la Batalla Arancelaria con los EE.UU. y de otros temas destacados de la realidad de la Patria Grande.

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CUESTIONES DE GEOPOLÍTICA Y LA GUERRA EN UCRANIA

«LO DE HOY, VIENE DE AYER»… -FOTOGRAFIA: VOLODIMIR ZELENSKI Y DONALD JOHN TRUMP-

POR JORGE RENDÓN VÁSQUEZ

Se debe suponer que todos conocen la vieja expresión española: nadie da puntada sin hilo o puntada sin nudo, la que, en buen romance, quiere decir que los actos de los otros pueden tener por causa un interés que se debe descubrir para prevenirse.

En la vida de los Estados esta expresión es una verdad de perogrullo, salvo que sus gobernantes sean unos palurdos y no la conozcan. Es lo primero que les enseñan a los aprendices de diplomáticos para que expresen con palabras delicadas y circunloquios, extraídos de un código de protocolos, que algo no muy bueno podría sucederle al Estado del diplomático con el que hablan si no hace algo o no se comporta como se le indica.

Siempre ha sido así. La historia es una sucesión ininterrumpida de esa clase de actos determinados por los intereses de las clases sociales gobernantes de cada país. Vistas desde el plano de la Filosofía (Hegel, Marx), esos actos conforman los momentos de una permanente lucha de términos contrarios: luchas de clases al interior de cada país que se manifiestan también como luchas de intereses en los planos superestructurales político, jurídico e ideológico, y que trascienden hacia el exterior para hacerse de posiciones de dominio o defenderse frente a otros países en los cuales se dan procesos semejantes.

En el siglo XIX, Carl von Clausewits, que era un militar prusiano, dijo en su Tratado que la guerra es la continuación de la política por otros medios; y Ludwig Gumplowics sostuvo muy claramente, en sus libros de Sociología, que las relaciones entre Estados se rigen también por la Ley de Darwin de la supervivencia del más fuerte. Los dirigentes económicos y políticos, informados y atentos, lo saben. Los demás, que lo ignoran, siguen a aquellos embobados, como si las cosas ocurriesen porque sí, incluidas las multitudes que votan sin que les importen por qué y por quiénes y para qué. Y esto sucede no solo en los países subdesarrollados económica y culturalmente, sino también en los países desarrollados o que se supone lo son. Si quieren curiosear algo de esto tómense el trabajo de fijarse en las últimas Elecciones de Francia y Alemania y pregúntense por quiénes votaron sus Trabajadores que hace rato han dejado de ser fuerzas políticas determinantes.

Lo que ahora sucede entre Estados Unidos y Europa, a propósito de Ucrania, comenzó, en realidad, con la Segunda Guerra Mundial del Siglo XX.

Ocupada Europa del Norte por el ejército de Alemania, gobernada por el partido Nazi, y derrotado muy fácilmente el ejército francés, en 1939 y 1940, fue necesaria la alianza de Gran Bretaña, Estados Unidos y la Unión Soviética para enfrentarse a tan poderoso agresor. Desde los primeros años de la guerra, Estados Unidos suministró a Gran Bretaña y a la Unión Soviética alimentos, combustibles y material bélico por la Ley de Préstamos y Arriendos y, en Junio de 1944, desembarcó a sus soldados en las playas de Normandía y avanzó hacia Alemania. El mayor peso de la guerra lo soportó, no obstante, la Unión Soviética la que, entre soldados y población asesinada por el ejército y las SS alemanes, perdió cerca de 30 millones de personas. Terminada la guerra, con la derrota de Alemania, las áreas de dominación e influencia de Estados Unidos, Gran Bretaña y Francia, por una parte, y de la Unión Soviética, por otra, fueron las establecidas por los acuerdos de Yalta y Postdam.

La reconstrucción de los países de Europa occidental devastados por la guerra corrió, casi totalmente, por cuenta de Estados Unidos, lo que contribuyó a que este país se convirtiera en la primera potencia capitalista del mundo.

Pero, esta historia no se detuvo allí. Los gobiernos de Estados Unidos y de los países de Europa occidental entendieron que el nuevo enemigo para ellos era la Unión Soviética a la que vieron o fingieron ver como una fuente de instigación y apoyo a los movimientos revolucionarios destinados a intentar la instauración de regímenes socialistas. Ello condujo a Estados Unidos a promover la suscripción del Tratado de la Organización del Atlántico Norte (OTAN), el 4 de abril de 1949, por el cual los gobiernos de Estados Unidos y de varios países de Europa occidental crearon una alianza militar para defenderse en conjunto si alguno de ellos era atacado. Estaba claro, sin embargo, que la intención de los animadores de este tratado no era defenderse, sino atacar, derrotar y ocupar la Unión Soviética y los países aliados de esta, quienes, ante la amenaza respondieron suscribiendo el Pacto de Varsovia de 1955.

Esa acusación a la Unión Soviética era falsa, porque esta nunca tuvo en sus planes atacar a los países capitalistas, y, en acuerdo con ella, los partidos comunistas renunciaron a la revolución y, correlativamente, se insertaron en los regímenes democráticos de sus países, participando en las elecciones como los otros partidos políticos.

¿Por qué Estados Unidos y sus aliados de la OTAN no atacaron a la Unión Soviética, como querían los halcones de su política?

No lo hicieron porque la Unión Soviética tenía ya armas nucleares y cohetes tan potentes como el que llevó a Yuri Gagarin, en abril de 1961, a orbitar la Tierra y por la evidencia de la vulnerabilidad del territorio de Estados Unidos, demostrada cuando se descubrió en Cuba, en 1962, bases de lanzamiento de cohetes. Los gobernantes de Estados Unidos, que sabían bien lo que una bomba nuclear puede hacer en una ciudad desde que las dejaron caer en Hiroshima y Nagasaki, en Agosto de 1945, abandonaron, por lo tanto, la intención de envolverse en una guerra caliente y se dedicaron, antes bien, a impulsar la guerra fría.

Cuando a fines de 1991, la Unión Soviética se desintegró y el sistema socialista fue sustituido por el sistema capitalista en las naciones que la habían formado, la OTAN debería haber sido dejada sin efecto. Pero no fue así. Se le mantuvo y luego se adhirieron a él otros Estados europeos, evidentemente contra Rusia.

Pero, Rusia, debilitada y en desorganización, no podía ser una amenaza contra los otros países de Europa ni contra los de otro continente. Su recuperación económica comenzó recién en la primera década del presente siglo.

Mientras tanto, la burocracia muy bien pagada de la OTAN se dedicó a administrar los gastos en bases militares, armamento y pagos a los soldados que, en su mayor parte, iban a los países europeos y a las empresas fabricantes de armas. Más del 70% de esos recursos salían del presupuesto de Estados Unidos, en tanto que los presupuestos de los países europeos destinaban la parte que hubiera debido tocarles en gastos militares a pagar ayudas sociales y obras públicas.

No solo eso. Desde la primera década del siglo XXI, Rusia suministró a casi todos los países europeos, petróleo, gas y otros bienes a precios muy cómodos, lo que, por un lado, la beneficiaba a ella y, por el otro, beneficiaba a los países compradores que, de ese modo, podían disponer de energía barata para el consumo industrial y en los hogares.

Para los halcones de Estados Unidos y Europa esta bonanza debía parar.

La guerra en Ucrania se inscribe en este contexto. Sus antecedentes, necesarios como premisas y justificación, fueron: la revuelta denominada Maidan que, en 2014, derrocó al Gobierno de Ucrania amigo de Rusia; la anexión de la península de Crimea por Rusia, como réplica,  tras un referéndum en el cual más del 90% de su población votó a favor de esa medida; los ataques y crueldades del Gobierno de Ucrania con los habitantes de las poblaciones fronterizas de Rusia, casi totalmente rusoparlantes; y, como factor desencadenante, la intención del Gobierno de Ucrania de ingresar a la OTAN, lo que para Rusia constituía un grave peligro, porque los soldados de esta alianza podrían ser concentrados cerca de sus fronteras y colocar allí armas nucleares.

Siguieron: el ataque de las fuerzas militares de Rusia a la región de Dombás, en febrero de 2022; las sanciones económicas a Rusia por Estados Unidos y la Unión Europea; la destrucción de una parte del oleoducto Nordstreem que abastecía de gas ruso a Europa por comandos de Estados Unidos y Noruega; y una campaña bélica en la que, luego de más de tres años, Rusia ha ocupado casi un cuarto del territorio de Ucrania.

Como el presidente de Estados Unidos Donald Trump lo dijera, Ucrania, sin el dinero que el Gobierno de Estados Unidos le ha suministrado en armamento y otros bienes, no hubiera podido resistir a Rusia ni una semana. Esa suma llega a unos 500.000 Millones de Dólares que Estados Unidos está dispuesto a cobrar indefectiblemente. Business is business. Para Trump y los magnates y asesores que lo aconsejan esta deuda debe pagarse con la explotación de las tierras raras de Ucrania por Empresas de Estados Unidos.

Pero hay más. Trump y sus consejeros se han preguntado por qué Estados Unidos tendría que seguir gastando tanto dinero en la OTAN en beneficio de los países europeos que la integran contra un supuesto enemigo, Rusia, que jamás ha tenido ni la menor intención de atacar a los Estados de Europa socios de la OTAN.

Esa pregunta surge de algo más importante para Estados Unidos. Son los déficits de su presupuesto y la deuda pública contraída para cubrirlos, que llega ahora a unos 37 Billones de Dólares, un peligro inminente por las elevadas sumas que tiene que pagar como intereses y devolución del valor de los bonos con plazos vencidos, lo que podría llevar al fin de la supremacía del dólar como moneda de cambio internacional y precipitar a Estados Unidos a una crisis incontrolable. En consecuencia, la administración de Trump no tiene otro camino que recortar gastos en todos los items presupuestarios y, entre ellos, en servicios sociales, burocracia, ayudas al extranjero y gastos militares que no sean estrictamente indispensables para la defensa de Estados Unidos. La conclusión es que los Gobiernos Europeos socios de la OTAN tendrán que pagar para quitarse el miedo y dejar de estirar la mano hacia Estados Unidos, y eso les supondrá reducir las transferencias presupuestarias para el pago de Derechos Sociales. ¿Lo saben los trabajadores y pensionistas de estos países?

¿De qué otro modo explicar las pataletas de Keir Starmer, primer ministro del Reino Unido, Emmanuel Macrón, presidente de Francia y los burócratas de la OTAN y la Unión Europea que han amenazado con enviar tropas a Ucrania? Pareciera, antes bien, que sus coléricos discursos están destinados a las galerías para reforzar su popularidad en desvanecimiento.

Otros datos. Rusia tiene un P.B.I. que, según el Banco Mundial, llegó a 2’021,421 Millones de Dólares, en 2023. Ese mismo año, el P.B.I. del Reino Unido alcanzó 3’380,854 Millones de Dólares; el de Francia 3’051,831 Millones de Dólares; el de Estados Unidos 27’720,709 Millones de Dólares y el de China 17’794,783 Millones de Dólares.

Como se ve, el P.B.I. de la Federación Rusa es menor al de los países europeos que la acusan de querer agredirlos. La realidad parece ser, al contrario, que son ellos los que quisieran despedazarla para quedarse con sus fuentes de energía, que ellos no tienen, y someter a sus trabajadores al trabajo obligatorio para ellos. Pero, pareciera ser también que no se atreverán a intentarlo, porque Rusia tiene un enorme arsenal nuclear disuasivo, cohetes de gran velocidad y poder y algunas otras armas nuevas. Además, ya ha suce8dido. En 1812, Francia, con Napoleón a la cabeza, invadió Rusia, y en 1941 lo hizo Alemania conducida por Hitler. Y les fue mal. Como en esos momentos, si Rusia es atacada luchará para defenderse, cualquiera que sea la cantidad de mujeres y hombres que deba perder y las que les haga perder a los países que la ataquen.

Así las cosas, se podría decir que, en su gran mayoría, la opinión pública estima que se debería hacer la paz en Ucrania, y que, al dar ese paso, la Federación Rusa y Ucrania deberán atenerse a la situación luego de más de tres años de guerra y negociar rebus sic stantibus y con representantes válidamente designados por ambos Estados. De plano, Zelenski no podría representar a Ucrania, porque su mandato caducó a mediados de 2024 y, porque además es un personaje que no sabe guardar la compostura cuando se le recibe en una casa ajena y cree, como un patán, que puede darle órdenes al dueño de la casa.

OPERACION BARBARROJA: DOMINGO 22 DE JUNIO DE 1941 LA ALEMANIA NAZI INICIA LA INVASION A LA U.R.S.S.

PRECIOS EN INICIO ESCOLAR 2025

INFORME DEL CENTRO DE ECONOMIA POLITICA ARGENTINA -C.E.P.A.- (EN BASE A NARANJA X, FUENTE C.E.P.A., Y OTROS RELEVAMIENTOS)

LOS ÚTILES

La canasta de útiles relevada incluye un conjunto de elementos básicos que representan el costo aproximado de las listas que los docentes piden a sus estudiantes al comenzar el año escolar.

Estos gastos, implican un promedio de $ 37.063, por alumno de primaria en la zona de CABA y AMBA. En el comparativo de la canasta de útiles de primaria, para el 2023, el costo ascendía a $5.977 y en 2024 $22.669. Estos valores representan un aumento de 63,5% en 2025 con respecto a 2024 y 279,2% en 2024 con respecto a 2023.

En el nivel secundario la canasta escolar es más extensa e incluye carpetas y repuestos en lugar de cuadernos y resaltadores.
El costo asciende a $57.596 por alumno. Cuando se compara el costo de la canasta de útiles, se observa que para 2023 alcanzaba los $9.571, mientras que en 2024 sumaba $33.048. Se observa un incremento interanual de 74,3% en 2025 con respecto a 2024 y de 245,3% en 2024 contra 2023.

INDUMENTARIA ESCOLAR

En cuanto a los kits de uniformes para colegios privados (considerando en todos los casos cuotas de colegios subsidiados o parroquiales), un equipo de remera o chomba, pantalón, campera, pollera, short, y zapatillas escolares, asciende a alrededor de $226.000 mientras que en 2024 el costo era de $153.400, es decir, un incremento de 47,3%.

Para las escuelas públicas la indumentaria reglamentaria exige el guardapolvo a lo que se agrega un par de zapatillas escolares, que las familias suelen adquirir con las compras de marzo y el total asciende a alrededor de $44.250, es decir 45,1% de aumento respecto del 2024.

Al costo de la indumentaria escolar, se pueden sumar también las mochilas, que suelen adquirirse al comenzar las clases. Las mochilas con carrito de arrastre para los chicos de primaria tienen un costo de $123.999, cuando en 2024 su costo ascendía a $84.024 (un aumento de 47,6% entre 2024 y 2025). En el nivel secundario, considerando una mochila básica y económica de tiras, el precio gira en torno a $22.000, mientras que en 2024 era de $14.990, implicando un aumento de 46,8% contra 2024.

EL TRABAJO EN LA HISTORIA

EL PRESENTE TRABAJO QUE PUBLICAMOS, INTEGRA LA CONFERENCIA VIRTUAL EN EL CURSO INTERNACIONAL DE DERECHO LABORAL, ORGANIZADO POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA, Y QUE FUERA LA PONENCIA PRESENTADA POR EL DR. JORGE RENDÓN VÁSQUEZ, EL DÍA MARTES 25 DE FEBRERO DE 2025.

ESCRIBE JORGE RENDÓN VÁSQUEZ (1)

1.– ORIGEN DEL TRABAJO
El trabajo ha sido sido siempre una actividad de los seres humanos productora de los bienes destinados a la satisfacción de sus necesidades.
En los tiempos más remotos, esta actividad tuvo como finalidad la obtención directa de las sustancias necesarias para la vida, como sucedía con las otras especies animales. 
Para el mantenimiento de la vida se requiere oxígeno, agua y ciertas materias y, para obtenerlas, los seres vivientes deben realizar un esfuerzo: el oxígeno es aspirado de la atmósfera; el agua debe ser encontrada; y las materias de origen animal, vegetal y mineral halladas en la naturaleza. Esta actividad no puede detenerse, porque la vida es un proceso continuo de asimilación y desasimilación de esos elementos, cuya ausencia, en el límite, causa la muerte del ser. 
En esa actividad aparecen ya los dos caracteres que mucho más tarde habrán de serle atribuidos al trabajo: es una obligación fundamental, intuitu personae se diría ahora, porque su incumplimiento acarrearía la muerte del sujeto; y es, al mismo tiempo, un derecho fundamental, porque permite la continuación de la vida. Las especies animales solo han dispensado de esta actividad a sus crías por su incapacidad física, a las que sus madres alimentan y cuidan.
La especie humana comenzó su formación hace unos dos millones de años, muy lentamente, por la invención de instrumentos de trabajo. Al empleo de palos y piedras cortantes siguió el descubrimiento del fuego que permitió el cocimiento de los alimentos animales y vegetales. Esos primitivos instrumentos, perfeccionados por la experiencia, determinaron el desarrollo de la actividad mental, la transformación de las manos, la conformación y el perfeccionamiento del lenguaje y el trabajo en común para la caza de los animales con los cuales se alimentaban y la depredación de otros grupos humanos para alimentarse con ellos o para defenderse. En adelante, la especie humana se impuso definitivamente a las demás especies y se configuró como lo que es ahora, emigrando permanentemente en miles de años por la necesidad de hallar los alimentos que necesitaba.

2.– EL TRABAJO ESCLAVIZADO
Hace unos 12.000 años, algunos grupos humanos inventaron la agricultura, con la cual el trabajo pudo suministrar más bienes que los requeridos por las tribus que lo practicaban. A esta actividad se asoció la invención de la ganadería cuando los seres humanos advirtieron que podían criar ciertas especies animales para alimentarse con su carne. Este cambio, que implicaba una división del trabajo entre las tribus cazadoras y las tribus agrícolas, tuvo otros efectos: 1) la sedentarización de las tribus agrícolas en centros poblados a diferencia de las tribus cazadoras que eran nómadas; y 2) la aparición del intercambio mercantil que consistió inicialmente en el trueque de bienes agrarios y ganado por prisioneros cazados para ser utilizados en el trabajo que las tribus agrícolas y ganaderas ya no podían atender solo con sus miembros.
Este intercambio fue también el comienzo de la noción de propiedad privada que surgía porque los poseedores de esas mercancías se reconocían mutuamente como titulares del poder de disponer de ellas.
Establecida la esclavitud, la mayor parte del trabajo fue impuesta a los esclavos. 
Fue, por lo tanto, normal y legal en aquellos tiempos hacer más esclavos. La caza aportaba tanto animales como seres humanos. A la caza le sucedieron las guerras de conquista, no tanto de territorios que no les interesaban, sino de seres humanos para utilizarlos en el trabajo o venderlos. Desde entonces, casi todo lo que conforma la cultura como creación humana ha sido obra de los esclavos. Aristóteles, el más grande compilador del saber de la Antigüedad, decía: “Un hombre es esclavo por naturaleza, cuando por la medida de sus facultades puede pertenecer a otro. […] Por otra parte, no es grande la diferencia entre el esclavo y la bestia; ambos solo por su cuerpo son útiles.” (La Política, cap. II).
Subsistía, sin embargo, el trabajo por artesanos libres que se alquilaban o vendían sus productos, pero su número era muy reducido y casi todos utilizaban esclavos.De esa condición dependiente del trabajo surgió el desprecio de las clases propietarias y sus intelectuales por el trabajo y por quienes lo hacían. Platón dijo en su libro La República: “Es propio de un hombre bien nacido despreciar el trabajo.” Y Aristóteles en La Política declaró: “es imposible que el que cultiva la virtud pueda vivir la vida de un obrero o de un jornalero”. Hacia el siglo XI de nuestra era seguía usándose el tripalium, un aparato de tres palos al cual se sujetaba a los esclavos, siervos y otras gentes para torturarlos. De esa palabra derivó la palabra italiana travaglio que se reprodujo en otras lenguas de composición latina. Se decía entonces que el verdugo trabajaba a su víctima. La palabra labor designaba el trabajo de los campesinos.
Solo a partir del siglo XV, el desprecio por el trabajo comenzó a ser dejado de lado luego que Lutero y Calvino elogiaron el trabajo de los artesanos y comerciantes que eran sus seguidores y cuyos intereses defendían.

3.– EL TRABAJO FEUDALIZADO
La civilización romana de la Antigüedad, cuya base económica fue la esclavitud, se extendió a casi todo el continente europeo, el Asia Menor y el norte de África. Sus guerras de conquista tuvieron la finalidad de esclavizar a los pueblos vencidos. Hacia el siglo III de nuestra era, cuando al Imperio Romano le fue imposible conquistar otros pueblos, como los germanos, tártaros, eslavos, persas y otros, la esclavitud comenzó a decaer, puesto que los esclavos no podían reproducirse como las personas libres. La decadencia de la esclavitud llevó a la decadencia del Imperio Romano, el que ya no pudo defenderse de los pueblos llamados bárbaros que crearon nuevos reinos y otros territorios autónomos.
Entonces, algunos propietarios de esclavos encontraron más rentable disponer que estos, formando grupos familiares, se encargaran de cultivar las tierras y criar el ganado, dejándoles una parte mínima del producto para que se alimentaran y cubrieran otras necesidades elementales. Así nació el feudalismo que se reprodujo en los territorios del Imperio Romano ya en descomposición. A las familias así sometidas y a las nuevas integradas por la fuerza a esta forma de dependencia se les denominó siervos. Estos eran más libres que los esclavos, porque no podían ser vendidos individualmente, pero sí con las tierras a las que estaban adscritos. La Iglesia Cristiana, declarada única y obligatoria en el Imperio Romano por el Edicto de Tesalónica de 380, se apropió de la décima parte de las cosechas y de la reproducción del ganado de los siervos.
Sin embargo. con la generalización del feudalismo, la esclavitud no desapareció, Las conquistas emprendidas desde el siglo XV por ciertos grupos de aventureros de los países europeos, con la autorización de los reyes, estuvieron motivadas, en gran parte, por la captura de esclavos para venderlos o utilizarlos en el trabajo forzado en los campos, las minas y otras actividades. La esclavitud solo pudo ser abolida en el siglo XIX. En Estados Unidos fue necesario que el Norte abolicionista derrotara al Sur esclavista en 1865 para prohibirla por una enmienda de la Constitución.

4.– EL TRABAJO ARTESANAL
La Edad Media, caracterizada por el feudalismo y el oscurantismo cultural, duró más de un milenio. 
En tan largo período, el trabajo tomó otras formas en los centros urbanos. 
Una de ellas fue la actividad artesanal que consistía en la elaboración de objetos de uso familiar y personal, instrumentos de producción, palacios, viviendas y obras públicas. Estaba a cargo de los maestros, dueños de los talleres, pero quienes efectuaban casi todo el trabajo eran los operarios y aprendices, sobre los que aquellos tenían un poder de mando omnímodo, incluso para castigarlos cruelmente. Desde comienzos del segundo milenio, los maestros se asociaron en corporaciones a las que dotaron de la facultad de emitir las normas que debían regir el trabajo y los objetos producidos.

5.– EL TRABAJO EN EL COMERCIO
Otra forma de trabajo fue el comercio, asumido en su mayor parte por las familias de la comunidad judía, dispersada en Europa luego de sus expulsión de Judea hacia el año 70 de nuestra era. A los miembros de esta comunidad se les había prohibido tener tierras y vivir en las ciudades amuralladas y los castillos. Por lo tanto, tuvieron que construir sus viviendas al lado de algunas ciudades, en sitios a los se denominó falsos burgos y a los que protegieron con murallas para defenderse del bandidaje, frecuente en ese período. A los hombres y jóvenes de estas familias no les quedó otro camino para proveerse de lo necesario para vivir que comprar ciertos bienes en un sitio y venderlos en otros donde faltaban. Muchas de esas familias se enriquecieron con esta actividad. Varios siglos más tarde, algunas de ellas la complementaron con el préstamo de dinero por un interés. Los primeros prestamistas judíos se sentaban en bancos colocados en los caminos, plazas y otros lugares donde se les permitía estar. Esos bancos dieron origen al nombre de las entidades que se ocupan de recibir y prestar dinero. Otra ventaja diferencial de las familias judías fue el aprendizaje de la lectura, la escritura y los cálculos aritméticos en el seno de sus grupos familiares para leer la Torá o Biblia y por la necesidad del comercio que podía realizarse en países de otras lenguas, diferencia de efectos importantes con las otras comunidades y los nobles que eran, casi todos, analfabetos.

6.– EL TRABAJO EN LA MANUFACTURA. COMIENZO DE LA RELACIÓN LABORAL EN EL SISTEMA CAPITALISTA
Con el desarrollo de los viajes y descubrimientos de nuevos territorios en los siglos XV al XVI se intensificó la producción, el comercio y el consumo de bienes artesanales, lo que determinó la aparición de la manufactura como sistema de producción. Esta consistió en la elaboración de bienes artesanales en grandes locales por trabajadores libres, en su mayor parte campesinos fugados de los feudos o procedentes de las pequeñas propiedades. En esos talleres, los trabajadores utilizaban herramientas simples, la duración del trabajo se prolongaba todo el día, la diciplina era muy severa y los salarios reducidos. 
La manufactura fue la primera expresión de la producción por el nuevo sistema capitalista. Se caracterizó por el alquiler de fuerza de trabajo de personas libres por un contrato que, en esos momentos, fue la locación de servicios del Derecho Romano y, en ciertos casos, la locación de obra. En otros términos, este sistema convirtió, de modo general, a la fuerza de trabajo en una mercancía que su poseedor, el trabajador, podía ceder por un salario y por un tiempo limitado, y no para siempre, porque de haberlo hecho él mismo habría pasado a pertenecer a quien la adquiriese, lo que ni  la sociedad en ese tiempo ni el capitalismo querían. En lo sucesivo, el trabajador empleado en la producción de mercancías tuvo que comprar sus alimentos y otros bienes en el mercado. 

7.– LA PRIMERA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL
El acrecentamiento del consumo y, en consecuencia, la expansión del mercado llevó a la Primera Revolución Industrial cuyo epicentro fue Gran Bretaña, en la segunda mitad del siglo XVIII. Esta revolución consistió en la producción, utilizando máquinas y dejando las herramientas como instrumentos complementarios. Sus etapas fueron: 1) la invención de máquinas textiles; 2) la fundición del hierro y la fabricación del acero en grandes hornos; y 3) la utilización del vapor de agua como fuente de energía.
En adelante, la producción no fue solo de bienes de consumo personal, sino, sobre todo, de máquinas y herramientas necesarias para el desarrollo de la producción que se retroalimentaba y expandía por el aumento del consumo personal y productivo en todas partes del mundo. Por lo tanto, las fábricas y los talleres concentraron un número creciente de trabajadores, en su mayor parte obreros. Para liberarlos de las ataduras feudales, la clase capitalista tuvo que impulsar el abatimiento el sistema feudal, expropiando los campos sujetos a este sistema y declarando la libertad de los siervos. Fue lo que hizo la Revolución Francesa de 1789.
En el siglo XIX, al multiplicarse en Europa las fábricas y talleres, creció también el número de obreros, procedentes en gran parte del campo, e integrados en las empresas por contratos libremente aceptados, pero cuyas condiciones eran fijadas por los empresarios. Estos determinaban la intensidad y la duración del trabajo, que no era menor a 12 horas por día de lunes a sábado, se desconocían los aparatos y otros medios de protección y los salarios apenas alcanzaban para una vida miserable del obrero y su familia en barracones y edificios insalubres construidos para alquilarlos a ellos. Si el obrero se enfermaba o accidentaba en el trabajo o fuera de él debía pagar los cuidados médicos con su salario. No resulta extraño, por ello, que, a mediados del siglo XIX, la vida de un obrero en promedio no pasase de los 35 años.
La paupérrima situación de los obreros suscitó la conmiseración y la solidaridad con ellos de ciertos intelectuales pertenecientes a la burguesía y la pequeña burguesía, algunos de los cuales elaboraron ideologías y proyectos para liberarlos de esa situación. Entre esas ideologías se hallan el anarquismo, las varias propuestas de socialismo utópico y el marxismo. Planteaban desde una mejora de la situación económica de los obreros hasta un cambio radical de la sociedad capitalista por otra. 

8.– LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN LA RELACION LABORAL
Una de las reclamaciones más importantes desde mediados del siglo XIX fue la adopción de la jornada de 8 horas, promovida por las organizaciones anarquistas y socialistas. Solo la consiguieron en algunos estados a fines del siglo XIX, tras persecuciones, pérdida del trabajo e incluso la vida, y recién se le admitió de modo general luego que la Organización Internacional del Trabajo la aprobara, como el primero de sus convenios, en octubre de 1919.
La adopción de la jornada de 8 horas y la creación de los seguros sociales de enfermedad, accidente y vejez, en Alemania, en la década del 80’ del siglo XIX, son el punto de partida de una nueva etapa en la evolución del sistema capitalista. Esas reglas jurídicas inauguran la intervención del Estado en las relaciones laborales para proteger a los trabajadores de los excesos y abusos de los capitalistas y reducir el campo del libre trato mercantil entre empleadores y trabajadores a lo que no esté regulado por las leyes.
En adelante, la acción sindical y de los intelectuales que continuaban apoyando a los trabajadores y la de algunos partidos políticos ha obtenido nuevos derechos laborales y seguros sociales. Asimismo, ciertos gobiernos y partidos políticos de las clases propietarias se han avenido a reconocerles a los trabajadores otros derechos para reducir su descontento y, en ciertos casos, para apartarlos de la idea de promover o apoyar una revolución social. Después de la Segunda Guerra Mundial y a consecuencia de la reacción social que esta suscitara quedó establecido, en casi todo el mundo, un cuadro de derechos laborales y de seguridad social normativo de las condiciones de utilización de la fuerza de trabajo por otros mediante un contrato libremente pactado. Los derechos sociales más importantes han sido reconocidos por la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, aprobada en París, en diciembre de 1948.
De la obligación y del derecho de trabajar así determinados surgen para el Estado las siguientes obligaciones, como parte de los servicios públicos que debe prestar:
1.– Impartir educación primaria y secundaria obligatoria a los niños y adolescentes, en correspondencia con el desarrollo de las ciencias y las necesidades sociales.
2.– Formar profesionalmente a los trabajadores en los varios niveles requeridos por la economía y los intereses del país. 
3.– Procurar empleos a los trabajadores que no lo tienen. 
4.– Deducir del valor obtenido por la actividad productiva, además de la remuneración, los recursos para cubrir los derechos sociales monetarios, los riesgos de enfermedad, accidente y maternidad, pagar los salarios de desempleo y las pensiones al alcanzar la edad de jubilación o por incapacidad.

9.– EL TRABAJO EN LA ECONOMÍA CAPITALISTA ACTUAL
En el siglo XXI, la producción de los bienes y servicios se halla a cargo del sistema capitalista en casi todas partes. Además, el Estado ha alcanzado una presencia determinante por la necesidad de la prestación de los servicios públicos, cada vez más variados e imprescindibles, y se ha convertido en el más grande empleador. El sistema llamado socialista, consistente en la estatización de la economía, colapsó a fines del siglo XX en los países del Este europeo y fue abandonado en los países de Asia donde había sido implantado, excepto en uno.
Por lo tanto, la noción del trabajo debe ser considerada, en relación a sus funciones, a sus componentes y a los caracteres determinados o modelados por el sistema capitalista.
Dos son las funciones fundamentales del trabajo. 
1.– El trabajo sigue siendo una actividad de los seres humanos cuya finalidad es obtener los bienes y servicios necesarios para la satisfacción de sus necesidades, de las cuales la más importante es la conservación de la vida.
2.– El trabajo es el medio que permite obtener a quienes lo realizan los recursos necesarios para su vida personal y familiar. En las condiciones de la sociedad capitalista esto implica que todas las personas deberían acceder a un empleo remunerado o realizar una actividad económica por cuenta propia que les permita un ingreso económico. En consecuencia, el trabajo es, por una parte, un derecho fundamental; y, por otra, una obligación moral esencial, Como obligación recae en las personas aptas de cada grupo familiar. Es una obligación solo moral, porque, no está respaldada por una sanción si se le incumple. 
En cuanto a su configuración inmanente, el trabajo es una actividad mental y una actividad física. 
Es actividad mental porque todo trabajo debe ser pensado y determinado según los conocimientos de la persona y las instrucciones que se le impartan sobre lo que debe hacer, ya se trate de actividades simples, muy complejas o abstractas. 
El trabajo es también una actividad física que se efectúa con los sentidos, las manos y desplazándose. A medida que las técnicas de producción avanzan, el componente mental del trabajo se hace más importante. 
Luego de la Revolución Industrial y durante el siglo XIX en las fábricas predominaba aún el trabajo como una actividad basada en las habilidades personales de los obreros, como una prolongación del trabajo en los talleres manufactureros. A fines del siglo XIX, el Ingeniero Norteamericano Frederick Winslow Taylor acabó con este esquema al introducir el Trabajo Planificado y Organizado por oficinas especializadas al que denominó «Organización Científica del Trabajo«. A él no le interesaba que el obrero pensara y, para él, cuanto menos pensara era mejor. El obrero debía concretarse a ejecutar los movimientos repetidos y cronometrados indicados por esas oficinas, un método que, según Taylor, podía ser aplicado en todos los campos profesionales y en la Gestión Gubernamental y Universitaria. Así se creó el trabajo en cadena en la fábrica de automóviles Ford, para la que él trabajaba, con lo cual aumentó enormemente la productividad de cada obrero, si bien pagándole solo una pequeña parte del mayor valor obtenido. Luego, la modalidad organizativa del trabajo de Taylor se reprodujo en otras empresas. Las críticas a ella y la necesidad de eliminar o disminuir la resistencia sindical llevaron a ciertos sociólogos e ingenieros a crear un método opuesto, consistente en tratar de interesar a los trabajadores en los propósitos de la empresa y a considerarse una parte de ella, de modo de motivarse y someterse por sí mismos a la disciplina como una necesidad. Estas técnicas denominadas de Management se han generalizado y complementado con las de Taylor. Son ahora materia de estudios universitarios para formar profesionales de la organización, dirección y control de la actividad laboral en las empresas, el Estado y otras entidades.
Por el modo como interviene en la producción de los bienes y servicios, el trabajo es una actividad especializada, modelada por la división social del trabajo horizontal y vertical, la diversidad y complejidad de los medios de producción, la formación profesional correlativa y la experiencia en cada momento de la evolución de la sociedad y la economía. 
Por más complejos y sofisticados que sean los instrumentos de producción, la intervención del trabajo para utilizarlos es un hecho permanente y necesario. Esos instrumentos, que son el resultado de la inventiva y del trabajo acumulado en el pasado y el presente, no pueden sustituir al trabajo inmediato. Como Marx lo demostrara, en la sociedad capitalista la mayor parte de la inversión productiva y del trabajo se concentra en la fabricación de máquinas que hacen máquinas. La automación, la robotización y inteligencia artificial, que son el resultado de un trabajo muy especializado en investigación y experimentación, incrementan la precisión y complejidad de las operaciones y reducen el tiempo de fabricación o tratamiento de cada unidad o de ensamblaje de conjuntos de piezas o realizan otras operaciones de cálculo, razonamiento y ejecución, pero, como cualquier otra máquina, se mantendrían inertes sin el trabajo de quienes las utilizan. 
La incesante renovación y creación de bienes y servicios y de medios de producción han determinado una evolución, cada vez más rápida, de las actividades laborales. Muchas de ellas se tornan obsoletas y son abandonadas y aparecen otras nuevas. Por lo tanto, los trabajadores ocupados en actividades ya inútiles quedan desempleados, en tanto que crece la demanda de trabajadores para las nuevas actividades. Esta manera de ser del trabajo es permanente. De allí que la formación profesional y las ayudas por desempleo involuntario deban ser también permanentes.
Un efecto de la mayor productividad del trabajo es la presión de los trabajadores para reducir el tiempo de trabajo. En algunos países europeos se le ha fijado en 35 horas semanales y hay proyectos para dejarlo en 4 horas diarias durante 5 días de la semana. El tiempo de las vacaciones anuales tiende también a ser prolongado a más de 5 semanas, y se reduce la edad para permanecer en el trabajo, no obstante que aumenta la esperanza de vida. Contradictoriamente, en los países con mayor desarrollo económico, disminuye la cantidad de trabajadores que se incorporan a la vida activa por la reducción de los nacimientos, lo que hace que la productividad del trabajo tenga que ser cada vez mayor para suministrar remuneraciones a las personas en el trabajo, pensiones a los que dejaron la vida activa, ayudas a los desempleados, la tasa de ganancia que los capitalistas esperan recibir y los impuestos que el Estado percibe. 
El intenso movimiento migratorio de trabajadores de los países menos desarrollados hacia los más desarrollados es promovido, por una parte, por la necesidad de estos de contar con esa fuerza de trabajo en actividades para las que no se requiere una formación profesional muy especializada (agricultura, construcción, servicios de limpieza, hotelería y otras), pagándoles menos que a los trabajadores nacionales, y, por otra, por la insuficiencia de empleos en los países de origen de esas migraciones y por el menor monto de las remuneraciones en estos en relación a las de los países más desarrollados hacia los que se dirigen.

10.– CLASES DE TRABAJO
En el siglo XIX, las teorías sobre la Economía limitaban, de modo general, la noción del trabajo a la actividad física, en particular a la de los obreros en las empresas. Esa manera de ver al trabajo ha cambiado. Es trabajo toda actividad aplicada a la producción de bienes materiales y servicios inmateriales, cualquiera que ella sea por su especialidad y nivel, en las empresas y otras entidades de la actividad privada, en la actividad por cuenta propia, en el hogar y en el Estado.
A.– En las empresas hay tres clases de actividad laboral:
1.– La de los propietarios del capital en cuanto, impulsados por su interés en la ganancia: determinan las necesidades y los bienes y servicios que podrían satisfacerlas y ser ofrecidos como mercancías; reúnen el capital suficiente, propio o tomado en préstamo; adquieren los medios de producción; contratan al personal de dirección y ejecución; participan en la marcha de la empresa; y venden los bienes y servicios producidos. La propiedad del capital invertido, cualquiera que sea su magnitud, no desvirtúa la naturaleza de trabajo de la actividad personal del empresario al ejecutar las operaciones indicadas.
2.– La de los trabajadores contratados, por lo general profesionales, para realizar tareas de organización o encuadramiento, dirección y control del trabajo y de la producción.
3.–  La de los trabajadores contratados para realizar las tareas de ejecución como obreros en los talleres y otros ambientes, y como empleados en las oficinas.
B.– El trabajo por cuenta propia es efectuado por el conductor de una empresa, por lo general pequeña o individual, o en un campo u otra explotación, incluso con la ayuda de un pequeño número de personas contratadas.
C.– Los trabajadores del hogar se ocupan de las actividades inherentes a la vida en los hogares y en la atención de las personas que necesitan ayuda, como los niños y las que se hallan en la cuarta edad o están incapacitadas. Son, en su mayor parte, mujeres.
D.– En la actividad estatal hay una división del trabajo similar a la de las empresas, aunque determinada solo por la producción de servicios públicos que son las actividades encargadas al Estado por la sociedad. Estos servicios no son mercancías, puesto que su destino no es el mercado. En este medio, hay funciones a cargo del personal elegido: presidente y vicepresidentes de la República, legisladores y miembros de los gobiernos regionales y municipales; y funciones atribuidas al personal nombrado o contratado, inherentes a los poderes del Estado y a otras entidades autónomas, para la prestación de servicios públicos determinados. Este personal se halla estrictamente jerarquizado.

11.– LA CREACIÓN DEL VALOR POR EL TRABAJO
Potenciado por los instrumentos de producción, el conocimiento y la investigación, el trabajo crea el nuevo valor en la forma de nuevos bienes y servicios cada vez más perfeccionados y múltiples para las necesidades que cambian y aumentan. En este proceso, las distintas clases de trabajo aportan diferentes tasas de valor, ya individualmente ya grupalmente, en cada empresa o en otras entidades y, globalmente, en todo el país como el Producto Neto Interno. Es evidente, sin embargo, que el trabajo con un componente intelectual más elevado crea más valor. 
Se debe considerar, además, que los servicios y su aporte en valor no serían posibles sin los bienes materiales que les sirven de soporte. Hay servicios, que si bien son necesarios para la sociedad, no ofrecen altas tasas de valor y algunos no lo crean, limitándose a reproducir el valor preexistente en medios de producción y trabajo aportado. Existen también ocupaciones supérfluas y parasitarias.
Por la complementación de las actividades creadas por la división social del trabajo no es posible determinar de manera exacta las cantidades de valor aportadas por cada trabajador. Por comodidad de mensura y según la experiencia, la remuneración, en general, se basa en las calificaciones del trabajador y las requeridas para el puesto que ocupa y en el tiempo de trabajo.

12.– UNA NUEVA CONCEPCIÓN DE LA CONCURRENCIA DEL CAPITAL Y DEL TRABAJO
Por la evolución del trabajo, se ha producido un cambio en la manera de considerarlo económica y, a la larga, jurídicamente. 
En el sistema capitalista, la relación laboral ha sido encuadrada por el contrato de trabajo que conlleva una dependencia relativa del trabajador, caracterizada por la libertad de la persona, la ejecución de la labor conforme a ciertos parámetros, los derechos laborales y de seguridad social y el control por el Estado. Por esta configuración, la fuerza de trabajo ha dejado de ser una parte del patrimonio de los capitalistas mientras la alquilan, y ha alcanzado una nueva connotación. Se ha revelado como una fuerza con una función económica equivalente a la fuerza y la función social del empresario, dos fuerzas que no pueden existir ni marchar separadamente, puesto que la producción de los bienes y servicios no sería posible solo con la actividad del empresario y el capital, ni tampoco solo con el trabajo contratado. Por lo tanto, ambas fuerzas confluyen voluntariamente para emprender la producción y circulación de los bienes y servicios. Lograda esta conjunción, el empresario o capitalista solo puede utilizar la fuerza de trabajo en las condiciones admitidas por la legislación y pactadas; y los trabajadores ejecutar el trabajo según las especificaciones legales y las recibidas de quien puede darles órdenes. En la realidad económica y social, esto implica que ambas fuerzas se asocian y que, en consecuencia, la dependencia del trabajador contratado se sustenta más en los requerimientos técnicos de la producción. 
Esta nueva concepción de la relación laboral, como una forma de asociación, habrá de llevar a un cambio en su tipificación jurídica y a una distribución más equitativa del nuevo valor creado. 
Las funciones indicadas del empresario y de los trabajadores contratados son, en esencia, funciones de la sociedad que esta permite sean asumidas por esos grupos especializados. En definitiva, es de la sociedad, en primer término, el interés en que las mercancías se produzcan y lleguen a sus consumidores y usuarios, sean útiles y de la mejor calidad posible, no dañen y su precio sea razonable. En función de ese interés, la sociedad encarga al Estado aprobar la normativa pertinente y asegurar su cumplimiento. 
El que estas nociones se institucionalisen como una parte fundamental del pacto o contrato social y, en consecuencia, se incluyan en la constitución política depende de los trabajadores que son la mayor parte de electores, una fuerza social determinante, a condición de liberarse de la alienación que irradian sobre ellos quienes quieren dejar a la sociedad tal como es y, si les es posible, retrotraerla a estadios del pasado, valiéndose, lamentablemente, del voto de esa mayoría.

(1) Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima, República del Perú.

MENSAJE DEL PAPA FRANCISCO

«Hermanas y hermanos, les mando estos pensamientos todavía desde el Hospital, donde como saben estoy desde hace varios días, acompañado por Médicos y Trabajadores Sanitarios, a quienes doy las gracias por la atención con la que me cuidan». Son las palabras del Papa Francisco al final del texto que escribió para el Ángelus de hoy, tercer domingo que no asiste y dirige el Rezo Mariano ante miles de fieles en la Plaza de San Pedro.

El Papa apuntó que siente en el corazón la “Bendición” que se esconde dentro de la fragilidad, porque precisamente en estos momentos, cuando la enfermedad nos convierte más vulnerables, es que «Aprendemos aún más a confiar en el Señor». Francisco dio gracias a Dios porque le da «La oportunidad de compartir en el cuerpo y en el espíritu la condición de tantos enfermos y personas que sufren».

Francisco afirmó que también reza por todos, sobre todo por la paz. Desde aquí la Guerra parece aún más absurda, señaló. «Rezamos por la atormentada Ucrania, por Palestina, Israel, Líbano, Myanmar, Sudán, Kivu»