¿TODOS SOMOS VICENTIN O VICENTIN ES DE TODOS?

POR JORGE ELIZONDO

Los grupos económicos transnacionales persiguen el control de los mercados y los precios, creando formas de articulación empresaria de una multitud de sociedades aparentemente autónomas, que constituyen una única realidad económica y financiera.

Después de la Segunda Guerra Mundial, decenas de países que antes se autoabastecían comenzaron a depender de EE UU, que se convirtió en el centro del sistema alimentario del planeta, convirtiéndose los granos en uno de los cimientos del poder del imperio norteamericano, se transformaron las rutas del intercambio y se crearon nuevas relaciones económicas.

En el centro de esos intercambios se destacaron cinco compañías: Cargill, Continental, Louis Dreyfus, Bunge y André; varias de las cuales monopolizaron el comercio de granos en nuestro país. 

Estas formas de expansión y articulación siempre fueron utilizadas por las multinacionales que controlan el comercio de cereales, siguiendo un invariable código: “mantenerse invisibles, ocultar sus riquezas y su poder todo lo posible”.[1]

La que trató de mantener hasta las últimas consecuencias este código fue Bunge, nacida en Amberes y que a principios del siglo XX –de la mano de Born y Hirsch- se convirtió en el principal grupo económico de nuestro país. Se ha destacado que “esta política de oscuridad resulta evidente en el hecho de que casi ninguna de la veintena de compañías lleva el nombre de Bunge. Están Grafa (textil), Alba (pinturas), Aguilar (minería), CEA (conservas), Sulfacid (química), Molinos Río de la Plata, Sanbra (semillas de algodón y oleaginosas de Brasil); y en agricultura Induco, Iris, Cifas, Cosufi, Saima, Comega y otras compañías con intereses en la agricultura y el comercio agrícola en Argentina” [2]

Un modelo de empleo de estas prácticas es el grupo Vicentín, que continúa evadiendo sus responsabilidades frente a los trabajadores, los demás acreedores y el Estado a través de la utilización de un concurso preventivo que sólo alcanza a una de las sociedades vinculadas: Vicentín S.A.I.C.

Vicentin fue una empresa de carácter familiar, como Cargill en sus orígenes, (“una pequeña y vieja compañía cerealera de provincias”, según las palabras de un funcionario de ésta)que se convirtió en un grupo económico transnacional.  

El Gobierno Nacional –mediante el D.N.U. N° 522 de Junio de 2020- había dispuesto la intervención y ocupación temporánea por sesenta días de Vicentín SAIC,  conforme a los artículos 57, 59 y 60 de la ley de expropiación 21.499, “en razón de utilidad pública, con el objeto de asegurar la continuidad de la empresa, la preservación de sus activos y de su patrimonio, y la protección de los puestos de trabajo en peligro. En sus considerandos se plantearon los fundamentos del mismo:

1°) La presentación de Vincentín S.A.I.C. en concurso preventivo el 10 de Febrero de 2020, remontándose la cesación de pagos al 4 de Diciembre de 2019.       

2°) Antes de entrar en cesación de pagos, Vicentín cedió -para saldar deudas-  un tercio de su participación en la sociedad RENOVA S.A. al grupo GLENCORE, el que pasó a tomar el control efectivo de la empresa al poseer el 66,67 % de las acciones.

3°) Entre las empresas controladas se encuentra ALGODONERA AVELLANEDA S.A., que en Marzo de 2020 suspendió a 500 empleados, paralizando su actividad. Los trabajadores y trabajadoras no cobran sus salarios, hallándose en lucha contra el grupo Vicentín.

4°) El endeudamiento financiero local e internacional de casi 64.000.000.000 de pesos.

5°) Los principales acreedores financieros nacionales son los Bancos de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, de Inversión y Comercio Exterior, Ciudad de Buenos Aires, Hipotecario, Macro, Nuevo Banco de Entre Ríos, Itaú y Nuevo Banco de Santa Fe.

6°) Causa penal por delito de defraudación en perjuicio del Banco de la Nación Argentina a raíz de créditos otorgados por un monto superior a los 300 millones de dólares a Vicentín, cuando no reunía las condiciones para acceder al mismo. Se investigan presuntos delitos vinculados con la empresa y autoridades del Banco de la Nación Argentina. En dicha causa, a pedido del Fiscal Pollicita, el Juez Ercolini ordenó levantar el secreto bancario y fiscal de los directivos de Vicentín y la inhibición de los bienes de Algodonera Avellaneda. 

7°) La empresa se encuentra en el sexto lugar en ventas al exterior de granos, legumbres, harinas y aceites vegetales, con un 9 % del total de ventas externas agroindustriales; y que se encuentran en riesgo de perder sus empleos 2.195 trabajadores aceiteros, 1.000 de la firma algodonera, 376 de la industria vitivinícola y 2.057 de la planta frigorífica.

8°) La firma concursada “es controlante de empresas productoras de alimentos para el mercado interno, lo cual resulta relevante en momentos de altísima vulnerabilidad a raíz de la pandemia de Covid-19”. 

En forma inmediata, se desata contra el gobierno nacional una reacción airada del directorio de Vicentín, de la derecha política y los voceros mediáticos de las corporaciones extranjeras y nacionales que dominan el comercio exterior y los puertos de nuestro país.  Se organizaron movilizaciones en Avellaneda, Santa Fe, donde se encuentra la sede de la empresa, y en varias ciudades del país, con la consigna: «TODOS SOMOS VICENTIN»

IRREGULARIDADES EN EL PROCESO CONCURSAL

Apenas dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia que ordenaba la intervención, el directorio de Vicentín S.A.I.C. solicitó al Juez del Concurso, Dr. Fabián Lorenzini la declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia, el cese de la intervención y la restitución del directorio de la empresa.

El magistrado se considera incompetente para declarar la inconstitucionalidad peticionada, pero contradictoriamente se declara competente para reponer al directorio y designar a los interventores como veedores controladores.

Creemos que ante esta decisión, el Gobierno Nacional debería haber recurrido a la Justicia Federal a los fines de hacer cumplir los objetivos del D.N.U., y de ningún modo aceptar la transformación de los interventores designados en “veedores controladores”. 

Pero, por el contrario, la intervención ordenada nunca se concretó, y los interventores se retiraron de la sede de la empresa.

Finalmente, en Agosto de 2020, el Gobierno Nacional deroga el D.N.U. N° 522.

Aun hallándose en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia, el gobierno de la Provincia de Santa Fe solicita al juez del concurso -a través de la Inspección General de Personas Jurídicas- la intervención de Vicentín, proponiendo como interventores judiciales a los dos nombrados por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 522, a los que suma uno por la Provincia. El escrito contiene sólidas apreciaciones sobre la situación de la empresa, el riesgo de su vaciamiento y su transformación en un grupo económico transnacional a través del control de numerosas sociedades constituidas en el país y en el extranjero.

En lugar de acceder a este pedido de intervención judicial de la Provincia, nueve meses después el juez concursal dicta finalmente una resolución claramente favorable a Vicentín: designa un interventor y una sub interventora por noventa días, en realidad en el carácter de co-administradores, sin desplazar de sus cargos a los integrantes del directorio de la concursada.

El gobierno de la Provincia rechaza la decisión del juez Lorenzini, por cuanto no se trata de una intervención, sino de una coadministración con el directorio de la concursada, como así también la posibilidad de que la titular de la Inspección General de Personas Jurídicas ocupe el cargo de sub interventora, lo que considera improcedente, “porque ese organismo tiene como función controlar, no administrar” [3]

El artículo 17 de la Ley de Concursos y Quiebras determina lo que cuando el concursado oculte bienes, omita las informaciones que el Juez o el síndico le requieran, incurra en falsedad en las que produzca o realice algún acto en perjuicio evidente para los acreedores, el juez puede separarlo de la administración por auto fundado y designar reemplazante. 

Se trata de la medida más drástica prevista por la Ley de Concursos y Quiebras para proteger los bienes que quedan en manos de la empresa en cesación de pagos, para evitar su destrucción o vaciamiento total: que el juez del concurso separe al directorio de la sociedad a fin de lograr que los acreedores puedan percibir sus créditos.

El otorgamiento ilegal de créditos por parte del Banco Nación conducido por Javier González Fraga, por la suma de 18.182 millones de pesos, la percepción de un total de 5785,4 millones de pesos en noviembre del 2019, cuando la empresa ya se encontraba en cesación de pagos; la venta del paquete accionario en Renova S.A., desconociéndose el destino del precio abonado; la exportación de cereales entregados en nuestro país a través de Vicentín Paraguay,  configurarían conductas delictivas imputables a miembros del directorio. Tales hechos constituyen motivos de entidad suficiente para que el magistrado hiciera lugar a la intervención, desplazando al directorio de la sociedad. En su lugar resuelve una coadministración entre los “interventores” designados y el actual directorio.

INVESTIGACION PENAL EN ROSARIO. ALLANAMIENTOS Y CLAUSURA DE LA SEDE

Como consecuencia de las denuncias por defraudación promovidas por acreedores de la concursada, se investigan las maniobras de ocultamiento de activos y desvío de recursos tendientes a evadir la responsabilidad de Vicentín S.A.I.C. en el concurso.

Se realizaron diecisiete allanamientos ordenados por el Fiscal Miguel Moreno, del Ministerio Público de la Acusación, autorizados por el Juez Penal de Rosario Hernán Postma, en los domicilios de ex directivos de Vicentín en la localidad de Avellaneda, en la planta de Vicentín en Ricardone, y en la sede central de Vicentín S.A.I.C. También se allanaron las oficinas de las empresas integrantes del grupo con sede en Uruguay: Nacadie Comercial S.A. y Vicentín Family Group, cuyos domicilios en la Argentina son –respectivamente- el del Frigorífico Friar en Reconquista, y el de Vicentín S.A.I.C. en Avellaneda. A través de dichas empresas se canalizó la transferencia y cambio de propiedad de acciones, práctica que se continuó realizando luego de abierto el concurso. Se secuestraron además de dinero, documentación y dispositivos de almacenamiento electrónico, quince armas de fuego, en su mayoría de gran calibre.

El 16 de Diciembre de 2020, la sede de la agroexportadora en Avellaneda amanece con una faja de clausura con el sello de la Agencia de Investigación Criminal.

La agroexportadora planteó que la causa penal fuera remitida a Reconquista; lo que fue rechazado por el Juez Penal de Rosario Hernán Postma, por cuanto los delitos investigados se habrían producido en la ciudad de Rosario (contratos registrados en la Bolsa de Comercio, granos entregados en puertos de la zona).  

FINAL ABIERTO. LA CREACION DE UNA EMPRESA PUBLICA

Se había pensado que en el marco del concurso preventivo, existía la posibilidad de arribar a un acuerdo entre los Estados Nacional y Provincial, los trabajadores, cooperativas y algunos productores, a través del mecanismo del «CRAMDOWN», capitalizando sus acreencias y logrando una mayoría del 66 % del total, y conformando una empresa pública testigo en el mercado de granos.

Ante la la posibilidad cierta de que el irregular proceso concursal concluya con la declaración de quiebra de Vicentín S.A.I.C., sólo queda abierta la vía de la expropiación por causa de utilidad pública, que en el caso de aprobarse implicaría no sólo el desplazamiento de la administración, sino de la propiedad de la empresa al Estado Nacional.

El Artículo 17 de la Constitución Nacional determina que la expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Lejos de las arcaicas y absurdas opiniones que circularon por los medios hegemónicos durante los días en que se intentó concretar la intervención dispuesta por el D.N.U. N° 522, la propiedad privada no es de ningún modo un derecho absoluto, y debe ceder frente al interés público.

La utilidad pública debe ser declarada por ley, facultad del Congreso que los magistrados no pueden anular, ya que se trata de decisiones de carácter político, no justiciables.

En la práctica, no existe la “previa indemnización”: si no existe acuerdo entre el Estado y el expropiado, se deposita en forma provisoria un monto determinado por el propio Estado, que obtiene la transferencia definitiva del bien o bienes objeto de la expropiación. La Justicia es la que define a través de un juicio el monto definitivo de la indemnización.  

El valor actual de Vicentín es muy inferior al que tenía antes de su cesación de pagos a fines del 2019. Hoy tiene una deuda de 1.419 millones de dólares, y ha perdido la confianza de los productores, a quienes no ha pagado, y ya no envían cereales para su comercialización. Debería deducirse de la valuación que efectúe el Tribunal de Tasaciones o el tribunal interviniente la deuda con el Banco de la Nación Argentina y demás bancos estatales. 

La creación de una empresa pública con mayoría estatal, con participación de los trabajadores, las cooperativas agropecuarias y los productores constituiría un hecho histórico de gran trascendencia para que el Estado nacional vuelva a ser un actor importante en el comercio exterior de los productos de nuestro suelo. Cabe señalar que a partir del gobierno neoliberal de Menem, el Estado argentino dejó de tener presencia en dicho mercado. Con la disolución de la Junta Nacional de Granos en 1991, sumada a la legalización de los puertos privados y las concesiones de los estatales, cesó cualquier tipo de intervención y de regulación en el comercio exterior de granos, que pasó a ser monopolizado hasta hoy por el capital privado nacional y extranjero.

El uso de la expropiación –que provoca la reacción irracional de los políticos, juristas y voceros mediáticos del establishment- es un instrumento legal que siempre fue utilizado por el Estado. 

Entre otros, mencionamos algunos de los ejemplos de los últimos años:

  1. Correo Oficial, que había sido entregado en concesión al grupo Macri, que fue renacionalizado en 2003.
  2. Aguas Argentinas (que estaba en manos del grupo Suez) nacionalizada en 2006, convertida en AYSA.
  3. Tandanor (Talleres Navales Dársena Norte), nacionalizada el 30/3/2007.
  4. Aerolíneas Argentinas y Austral (2008).
  5. Fábrica Argentina de Aviones (FADEA), que había sido entregada en concesión a Lockheed, renacionalizada en el 2010.
  6. YPF (2012), estatización del 51 % de las acciones.
  7. Belgrano Cargas y Logística (2013).
  8. Inmuebles ubicados en Florencio Varela, destinados a la Universidad Nacional Arturo Jauretche.

Pero es la primera vez en nuestra historia que desde el Estado se ha previsto la intervención y expropiación por causa de utilidad pública de una empresa de comercialización e industrialización de granos.

Vicentín es sólo una muestra del perjuicio causado por el accionar incontrolado de las corporaciones que dominan este mercado, el más importante en cuanto a la generación de divisas que requiere el país.

La lógica impuesta por el neoliberalismo parte del dogma de que al Estado sólo le cabe trazar las reglas del juego, mientras las entidades privadas son las únicas que juegan los partidos y perciben todos los beneficios.

Se ha dicho en opinión que compartimos: “resulta evidente que la construcción del holding Vicentín tenía estructuralmente preparadas las condiciones para que el dispositivo permita el vaciamiento de Vicentín S.A.I.C. mediante la transferencia de activos a otras firmas del conglomerado, y la fuga de capitales facilitada por las empresas “cáscara” del grupo. Por lo tanto, la cobertura de los pasivos de Vicentín S.A.I.C., se traducirá en un perjuicio de sus acreedores –banca pública, proveedores, productores, trabajadores y otros-, consumándose los objetivos del diseño empresario de los dueños de Vicentín y de las irrefutables e irrefutadas intenciones que se presumen respecto al comportamiento asumido durante el último año previo a su grave crisis actual” [4]

Las investigaciones penales en desarrollo, no así el proceso concursal, comienzan a develar las maniobras de cambio de propiedad de acciones, la transferencia de activos a otras empresas y la compleja y amplia red controlada por el grupo, entre las que se cuentan –entre otras- Renova, Friar, Algodonera Avellaneda y Oleaginosa San Lorenzo.

La decisión de expropiar la totalidad de las sociedades en manos del grupo económico en nuestro país haría posible que el Estado comience a regular e intervenir en forma directa –ya fuere a través de empresas públicas o mixtas- en el hasta hoy opaco e incontrolado comercio exterior de granos.

[1] Dan Morgan, “Los traficantes de granos”, Editorial Abril, Buenos Aires, 182, p. 157.

[2] Dan Morgan, “Los traficantes de granos”, Editorial Abril, Buenos Aires, 182, p. 157.

[3] “Tarde, mal y con nula eficacia”, nota de Juan Carlos Tizziani, Rosario 12, 6 de Diciembre de 2020, pág. 4/5.

[4] Cecilia Fernández Bugna y Guillermo Wierzba, “El Cohete a la Luna”, Julio 19 del 2020.

MANIFESTACION EN VILLA GOBERNADOR GALVEZ -PROVINCIA DE SANTA FE-

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