LA AMANTE, LA NOVIA Y LA EX

POR FABIÁN ARIEL GEMELOTTI

Walter Faro se sentía abrumado por las circunstancias de una vida de sexo y agotamiento. Tenía una novia y una amante y una ex.
Todos tenemos una ex, una ex con la cual pudimos haber terminado muy mal o estar ahí pendiente de resolverse esa cosa con ella. Y después de esa ex viene la novia, la novia diríamos oficial. La que llevamos de la mano y pasamos la noche juntos. La que siempre estamos esperando las caricias de bellas palabras. Esa novia que no nos animamos a dejarla aunque nos aburra muchas veces y la depresión nos invada con palabras de desamor.
Y tenemos a la amante, esa mujer que su cuerpo nos deslumbra. La que llevamos al telo y las luces en rojo nos hacen poner calientes y nos revolcamos en la cama y estamos una hora lamiendo su vagina y nos llena de líquido, porque ella larga todo en tu boca y llega a tu garganta.
Walter Faro era el hombre de las tres mujeres.
– Walter yo te amo y quiero que dejes a tu novia.
La amante siempre quiere que dejes a tu novia, que le dediques más tiempo que esas dos o tres horas en el telo. La amante necesita de vos como un libro necesita del lector.
– Amor de mis entrañas sos mi amor.
La novia siempre está ahí. Y lo sabemos. Nos cuesta pensar una vida sin ella porque nuestra vida es su amor. O por lo menos eso creemos. Y eso decimos en la intimidad.
– Siempre voy a amarte Walter Faro. Fuiste mi gran amor.
La ex aparece cada tanto y uno recuerda su sexo. Ese sexo que ya es parte de tu memoria
La amante quiere todo de vos. Tu novia también. Y tu ex recuerda y vos también.
Walter Faro mira por la ventanilla del avión y ve nubes en su viaje a Europa y recuerda ese sueño hermoso de su novia, su amante y su ex.

ENTREVISTA A GUSTAVO CARBONELL EN LA PROYECCIÓN DE «BASILICIA» EN EL ATLAS

EXPOSICIÓN DE FOTOGRAFIAS EN LA ZONA MULTIMEDIA DONDE SE DESARROLLA EL FESTIVAL NACIONAL DE CINE Y VIDEO DOCUMENTAL

La Pelicula de Docu-Ficción «Basilicia» fue presentada ayer en el Complejo Cultural Atlas de la ciudad de Rosario.

Minutos antes de la Proyección en el Festival Nacional de Cine y Video Documental, que se desarrolla en nuestra ciudad, dialogamos con Gustavo Carbonell Co-Director del largometraje, sobre las especiales circunstancias históricas en las cuales se desarrolló el guión y la culminación del Proyecto con el auspicio del I.N.C.A.A.

SINOPSIS

Basilicia es una adolescente hija de Inmigrantes Ucranianos que se convierte en un símbolo de la lucha por los derechos de las familias rurales en el entonces Territorio Nacional de Misiones, Argentina.

En 1936, Basilicia participa en una marcha donde se exigen mejoras en los precios de los productos agrícolas. Trágicamente, ella y otras personas son víctimas de la feroz represión conocida como «Masacre de Oberá», perpetrada por fuerzas policiales y civiles, donde pierde la vida a los 14 años.

Basilicia se convierte en la voz de la memoria de un Pueblo que nunca se rinde en la búsqueda de una vida más justa y digna.

MUJERES DEL SÁHARA LIBRE Y REFUGIADAS, EN EL FESTIVAL DE CINE Y VIDEO DOCUMENTAL EN ROSARIO

En la ciudad de Rosario, Argentina, se está desarrollando el Festival de Documentales, audiovisuales, fotografía documental y literatura testimonial y documental.

En esta oportunidad la trigésima edición del Festival se está realizando con el compromiso social, gremial, cultural y político de un grupo de cineastas, que continuaron el trabajo desarrollado desde 1995 bajo la consigna de del compromiso artístico en las actividades culturales. Desde aquellos comienzos cuyos verdaderos artífices, a lo largo y ancho del país, han sido los integrantes del Movimiento de Documentalistas, esa expresión y manifestación de mujeres y hombres que fueron abordando en todos estos años distintas temáticas vinculadas al bien común, desde las reivindicaciones de los pueblos originarios, hasta la defensa del ecosistema. 

A 30 años de ese hito fundacional, el documentalismo tiene presencia en Rosario, ampliando la mirada y la acción a la fotografía documental y a la literatura documental y testimonial para hacer frente al actual embate destructivo sobre la sociedad y la cultura.

El encuentro cuenta con la presencia en los distintos paneles de los cineastas Susana Moreira y Miguel Mirra. 

Entre el material presentado en la grilla y cartelera figuran, entre otros, los documentales “Mujeres del Kurdistan” (Deniz Xweseri), “Mujeres del Sáhara libre» (S. Moreira-M.Mirra), “Queimando fronteras”(Leonardo F.Baggio) y “Refugiadas” (J.Monaco-N.Suleiman), ésta última con proyección en el día de hoy, a partir de las 19:30 horas.

El cierre del Festival será el 12 de julio en el Complejo Cultural Atlas, donde se brindará un reconocimiento especial a los participantes.

Más información en: https://ccatlas.org.ar/festival-nacional-de-cine-y-video-documental-30-anos-3/

FUENTE: https://rasdargentina.wordpress.com/

LÍMITES A LA REFORMA CONSTITUCIONAL

RECINTO DE LA LEGISLATURA SANTAFESINA DONDE SE DESARROLLARÁ LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE DESDE EL LUNES 14 DE JULIO DE 2025

POR HUGO HERNÁNDEZ (*)

I) ANTECEDENTES
Atento la relación de fuerzas en el seno de la Convención Constituyente Provincial, es conveniente establecer los Límites Jurídicos a las Reformas previstas al Texto Constitucional Santafesino.
Debemos tener en cuenta que, no sólo los temas habilitados, determinan las atribuciones de la Convención. Sino que a su vez, como integrante del Estado Federal, la Provincia de Santa Fe, tiene que respetar el Artículo Nº 5 de la Constitución Nacional, como también las Normas sobre Supremacía Constitucional del Artículo Nº 31 y Nº 75 Inc. 22 del Texto Supremo Federal.

La primera de ellas reconoce la Supremacía del orden federal soberano sobre las Autonomías Provinciales, el Artículo Nº 5, establece el respeto que deben guardan las Provincias por el Sistema Representativo Republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria.

El artículo 75 inciso 22 establece la Jerarquía Constitucional de normas de Derecho Internacional  tales como , La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos.

Se han incorporado con la jerarquía constitucional referida cuatro nuevos instrumentos: Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad , Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convencion Interamericana Sobre Protección De Los Derechos Humanos De Las Personas Mayores y La  Convención Interamericana Sobre Desaparición Forzada De Personas.  La jurisprudencia más incluyente, interpreta que la hermeneútica debe realizarse conforme los criterios establecido por los órganos previstos en la Convención Americana, fundamentalmente la Corte Interamericana de DD.HH., o aquellos que prevén órganos previstos en los propios instrumentos internacionales . Dado que el Estado Argentino ha limitado en el ápice su soberanía. Más tal criterio fue cuestionado por la Corte Suprema Nacional en su actual conformación.

II- LOS LÍMITES

De allí que luce incontrastable, que el Principio de Supremacía Constitucional previsto en los referidos artículos del texto federal, imponen Restricciones al Poder Constituyente Reformador Provincial, fundados en normas supremas internas y heterómanas vinculadas al Derecho Público Internacional.
A a su vez que en materia de Derechos Humanos existen Principios que hacen a la interpretación convencional y constitucional, que tales como el Pro Homine , de progresividad y Pro Actione que no invalidarían Reformas más protectorias de Derechos ya consagrados en el ámbito federal.  Más no admitirán Reformas Regresivas.

Es entonces que efectuando respecto a los Derechos Sociales una interpretación de tipo estática u originalista, entendida tal como la efectuada por los Reformadores del Año ’94, el límite referido se expresó en el Debate de la incorporación de la Modificación del Artículo Nº 75 Inc. 19 del texto de la Constitución nacional en los siguientes términos: “…He aquí un Programa, un Proyecto Nacional para los Argentinos del Siglo XXI…” y al preguntarse acerca de los medios para lograr ese fin constitucional de desarrollo humano enfatizó: “…La Cláusula bajo consideración los enumera correctamente: El Progreso Económico con justicia social, ya que si bien es cierto que el crecimiento no es el objetivo del desarrollo humano, la ausencia de crecimiento puede significar su fin. Pero el crecimiento no debe ser un simple número agregado, también es importante su calidad, a la que genéricamente alude el término Justicia Social. La productividad de la economía nacional, entendida como el uso eficiente de todos los Recursos Naturales, Humanos, de Capital y Tecnológicos disponibles. La defensa del valor de la moneda como garantía de la estabilidad económica sin la cual se hace no sólo difícil el progreso económico, sino también la Justicia Social y el propio desarrollo humano…”.

Finalmente, se consideró que “…Si bien la nueva cláusula del progreso contiene preceptos generales, propios de la normativa constitucional, su interpretación por el legislador y por la jurisprudencia debe ajustarse al espíritu del constituyente. De la misma manera que la cláusula original inspiró el proyecto de la llamada “Generación del ’80” y frecuentes fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta nueva prescripción constitucional que estamos introduciendo –de la que, humildemente, me considero uno de sus forjadores– deberá constituir el Proyecto Nacional para los argentinos del siglo XXI…”. Y puso de resalto que esa nueva cláusula del progreso “…fija como criterio interpretativo esencial, que le corresponde al Estado y a la Sociedad –y No al Mercado– asumir la responsabilidad de proveer el marco general de los fines que integran el desarrollo humano (…)

No hablamos entonces de abstracciones ni de proclamas voluntaristas. Es así que esta cláusula deberá entenderse de manera unívoca como pronunciándose taxativamente a favor de un crecimiento de la Economía asociado a los Salarios Dignos, al Empleo Pleno y a Condiciones Equitativas de Trabajo; a Asignaciones Presupuestarias que permitan un gasto social suficiente, eficaz y equitativo en materia de educación, salud, vivienda y servicios sanitarios; a la participación de la Comunidad en la Sociedad y la Administración de la Infraestructura Esencial Básica; a la eliminación de toda forma de exclusión y marginalidad social mediante el estímulo de fórmulas autogestionarias que contemplen el potencial productivo de las poblaciones pobres; al desarrollo de programas de asistencia específica para la niñez, las mujeres embarazadas, los ancianos y cualquier grupo social desfavorecido; al disfrute de un medio ambiente sano y seguro. En suma: a un desarrollo económico que sirva para ampliar las opciones de las personas en el acceso a la plenitud de su condición humana…”.

De allí que toda Reforma que pretende incluír claúsulas flexibilizadoras de Derechos Sociales, se encuentran vedadas por el Principio de Progresividad. Es así que el referido Principio, en el marco de cuestiones relacionadas con el Derecho del Trabajo y el Derecho Previsional, la Corte ha dicho que el Principio de Progresividad o No Regresión veda al legislador la posibilidad de adoptar medidas injustificadas regresivas, no solo es un Principio Arquitectónico de los Derechos Humanos sino también una regla que emerge de las disposiciones de Nuestro Propio Texto Constitucional en la materia (Fallos: 338:1347; 331:2006, Voto de los Jueces Lorenzetti, Fayt y Zaffaroni; 328: 1602, Voto del juez Maqueda 327:3753, Voto de los Jueces Petracchi y Zaffaroni).

El impulso a la Progresividad en la plena efectividad de los Derechos Humanos, sumado al Principio Pro Homine determinan que el intérprete deba escoger dentro de lo que la Norma posibilita, el resultado que proteja en mayor medida a la persona humana; y esta pauta se impone aun con mayor intensidad, cuando su aplicación no entrañe colisión alguna del derecho humano así interpretado, con otros valores, principios, atribuciones o derechos constitucionales.

Tales criterios deben ser tenidos expresamente en cuenta por los Convencionales, máxime cuando las Normas del Trabajo, están atribuídas al Congreso  de la Nación (Art. Nº 75 Inciso 20 C.N.) en el dictado de los Códigos de Fondo. De allí que sólo cabe admitir Reformas que profundicen La protección de los Derechos Laborales, Económicos Sociales y Culturales.  

Se abre la puerta a la radicalización de la tutela administrativa, legislativa y judicial de los Derechos Sociales, más no a su supresión o limitación. La protección no se vincula exclusivamente al trabajo formal o registrado, sino que se debe proteger al trabajo en sus diversas formas, contemplando los Derechos de los Trabajadores de la Economía Popular. De allí que corresponde que se respeten los límites establecidos por la Constitución Federal, y el Bloque Federal, como también prime una elaboración constitucional que amplíe la Protección de los Derechos Sociales, más no se admiten jurídicamente fórmulas que hagan decaer su tutela.

(*) PROFESOR ADJUNTO DERECHO CONSTITUCIONAL I -FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO-

REDISTRIBUCIÓN DEL CAPITAL

POR JESÚS RIVERO

Deseo comenzar planteando e interrogando para otras respuestas posibles, el concepto de Re-Distribución. El prefijo “Re» fija la repetición de algo, en este caso el del término distribución que etimológicamente significa “acción y efecto de imponer una separación”. Tributum viene del latín y significa “Impuesto» (imponer algo). En este caso ¿que se impone? Una forma de Organización Política que es una de las definiciones de Estado.

Es decir, una forma de Organización Política a Nivel Estructural que es la del Capital, Método Capitalista.

Cuando hay repetición, hay Capital. La repetición produce una Acumulación y cuando uno acumula tiene un capital. Sólo los cambios efectúan Re-Distribución, repetición de una distribución (imposición) modificando una organización de poder.

Una política impositiva de Re-Distribución no debe confundirse con la Pre-Distribución de la riqueza, que no es lo mismo que la redistribución del capital, son conceptos distintos que disputan sentidos (poder) en el imaginario social. La Pre-Distribución de la riqueza no rompe con la brecha desigual, sino por el contrario sostiene esta forma de organización política, implícitamente, estratificando la sociedad.

Creo deseante y necesario Re-definir el concepto de Igualdad y Sociedad.

Nadie es igual ante la ley, ante la cosa. La igualdad no comprende el contexto en su totalidad, la Equidad si.

Se lanzaron diversas propuestas alternativas de imposición, sin voluntad política de cambiar el orden establecido (Statu Quo).

Una de ellas la “Regla Buffett», es un Modelo Híbrido, una combinación equilibrada de sistemas opuestos, que pretende minimizar el favoritismo del diseño interesado del sistema impositivo.

El Sistema Capitalista tiene una estrategia y sus tácticas (Medios de Producción) para llegar a su objetivo que es la Maximización del Gran Capital. En la actualidad el proletario (trabajador) para la extracción de su plus valor ha sido reemplazado por la Revolución Tecnológica materializado en los dispositivos tecnológicos. Es decir el trabajador como Máquina en la División del Trabajo ha sido sustituido por una Re-División del Trabajo, Expulsándolo del Sistema y Neutralizando todo cambio posible.

Dado que la acumulación de capital tiene subsumido el metabolismo social, su interrupción se expresa como crisis de reproducción societal, impactando directamente en los sectores más vulnerables. Imposibilitando la satisfacción de toda necesidad de consumo de los objetos demarcados por el propio sistema productivo. Es decir, son los propios poseedores del capital los que demarcan la oferta, que objetos debe demandar la sociedad.

Cuando la reproducción funciona en la lógica capitalista es efecto de la repetida producción y las elevadas tasas de ganancias, entonces tiene mayor elasticidad estructural para responder a las demandas colectivas. Cuando la acumulación (repetición) no funciona la sola reproducción sistémica sin acumulación exige exacciones regresivas sobre las condiciones de vida del ciudadano común.

Cuanto menos eficiente se torna la reproducción del capital,  es decir la obtención de ganancias a tasas altas, cuanto más lentos son el crecimiento y los aumentos de la productividad, como efecto las exigencias estructurales en la sociedad se vuelven brutales.

En la actualidad el peso disciplinado de la crisis se esa manifestando en una dinámica de “Double Bind» para la acción colectiva en un marco sistémico.

Primero la sociedad no resiste las agresivas demandas de la acumulación, por el contrario las aprueba, esto no es nuevo, Marx ya había anunciado la alienación del sujeto, pero en la actualidad está enajenación se hizo propia aceptando vivir peor para que el Capital en un marco sistémico se sitúa reproduciendo. Este “Double Bind” explica la coexistencia de procesos de radicalización social, en la actualidad la mera reproducción sistémica se ha hecho propia con una clara tendencia a la derechización con base de masas que vemos en todo Occidente.

Esta forma de Organización Política ha sido eficaz al producir subjetividades (por debajo de la objetividad) en donde son estas subjetividades las que Re-producen esta forma de organización. La única civilización moderna “con libertad individual, relativa abundancia material y desarrollo tecnológico” que conocemos es la capitalista. Si esta civilización se enfrenta a una crisis será preciso defenderla cueste lo que cueste. Si es necesario que la estabilidad de la biosfera y del ser sangren para qué el capitalismo funcione, que sea así, es la vida tanatica.

Es claro que ante este Capitalismo Multipolar Estados Unidos sigue insistiendo, pero el Eje Atlántico se encuentra en retroceso y sin garantías de triunfo final sobre sus ascendentes Asiáticos. Los signos explícitos o implícitos del cambio épocal lo vemos en la orientación de las propias Potencias Occidentales, que han dejado de ser Globalistas para asumir Actitudes Nacionalistas Defensivas.

Occidente que convocaba al mundo a incorporarse a una expansiva modernidad capitalista conducida por Estados Unidos hoy parece más preocupado por defenderse y separarse del Resto del Planeta, ante el temible prospecto de una Globalización  Asiática.

HOMENAJE A LAS VÍCTIMAS DE LA «NOCHE DE LAS CORBATAS»

El secuestro de los abogados se llevó adelante en el marco de un operativo represivo ocurrido en la ciudad de Mar del Plata, entre el 6 y 8 de julio. Los sucesos marcaron un punto de inflexión en la historia de conquistas y luchas de los trabajadores y sus abogados contra los mismos poderes que desde hace siglos generan injusticia social y violencia.

El hecho trágico que da lugar a ese día fue uno de los castigos ejemplificadores del poder violento e injusto a los abogados de los trabajadores, el más extendido e inhumano que ha existido hasta el momento. Se dio en el contexto de una dictadura cívico-militar que llevo adelante un genocidio contra trabajadores y luchadores por los derechos sociales.

Los colegas desaparecidos eran abogados laboralistas, varios de ellos compiladores de lo que fue la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.) de Septiembre de 1974 y artífices de muchos convenios colectivos de aquella época. Entre ellos encontraba también, quien fuera el autor intelectual de la precitada ley, el Dr. Norberto Oscar Centeno.

Las personas secuestradas fueron:7​

  • Norberto Centeno (abogado) – Asesinado
  • Salvador Manuel Arestín (abogado) – Desaparecido
  • Raúl Hugo Alais (abogado) – Desaparecido
  • Camilo Ricci (abogado) – Sobreviviente
  • Carlos A. Bozzi (abogado) – Sobreviviente
  • Tomás José Fresneda (abogado) – Desaparecido
  • Jorge Candeloro (abogado) – Asesinado
  • Martha García, esposa de Candeloro – Sobreviviente
  • María de las Mercedes Argañaraz de Fresneda (embarazada de cuatro meses, esposa de Fresneda) – Desaparecida
  • Néstor Enrique García Mantica – Desaparecido
  • María Esther Vázquez de García (esposa de García Mantica) – Desaparecida
  • José Verde (exsecretario General de la Asociación Judicial Bonaerense Mar del Plata) – Sobreviviente
  • Esposa del anterior – Sobreviviente

El Día del Abogado Laboralista fue instituido por ley en el Congreso Nacional en diciembre de 2014. La norma fue promulgada en enero del año siguiente.

Así, la Ley 27.115 la ley homenaje y brinda un merecido reconocimiento a los abogados laboralistas desaparecidos en la dictadura, quienes asumieron la defensa aún a riesgo de sus vidas.

LEY Nº 27.115

DÍA DEL ABOGADO LABORALISTA
Sancionada: 17 de Diciembre de 2014
Promulgada de Hecho: 20 de Enero de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 7 de julio como el Día del Abogado Laboralista, en homenaje a los abogados asesinados en lo que se conoció como “La noche de las corbatas” y de todos los letrados que, por luchar por la Democracia y la República sufrieron el mismo destino.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

FUENTE: mundogremial.com

A CONTINUACIÓN COMPARTIMOS UNA ENTREVISTA AL DR. CARLOS AURELIO BOZZI, SOBREVIVIENTE DE AQUELLOS ACONTECIMIENTOS.

LA CONDENA A CRISTINA

EDITORIAL: GALERNA – FECHA DE PUBLICACIÓN: 1º DE ABRIL DE 2023 – PRIMERA EDICIÓN – IDIOMA: ESPAÑOL – 368 PÁGINAS
ISBN-10: 9505569378ISBN-13: 978-9505569373

POR ALBERTO CORTÉS

El Fallo de la Corte Suprema de Justicia, sin duda marca un antes y un después en la política argentina.

Los únicos dos periodistas que siguieron completo el juicio (en Comodoro Py, es decir los tribunales federales de la ciudad de BsAs, controlados por el macrismo, ya que; violando el principio de “cosa juzgada”, el tema se juzgó dos veces, en diferentes ámbitos), Raúl Kollman y Sofía Caram (y otros como Irina Hauser), resumieron en los últimos días, en diversos espacios periodísticos, la enorme cantidad de irregularidades e inconsistencias de las condenas, ahora confirmadas por la Corte en un fallo que termina de abrochar el fin de la justicia y en una enorme medida, de la democracia, en Argentina.

Por supuesto que medios como Clarín y La Nación también tuvieron que dedicar artículos de revisión sobre la causa, que vale la pena leer y comparar con los antes citados, para resaltar la pobreza (y en muchos casos, directamente falsedad) de los argumentos con los que intentan respaldar el fallo de los supremos, o desviar debates que saben que no pueden dar.

Más allá de la causa en sí, la rapidez absolutamente insólita (comparada con las demás causas que caen en sus manos) de la Corte Suprema, para resolver de manera tal, que incidiera en forma determinante en el proceso electoral en curso; es posiblemente el rasgo más distintivo de la decisión.

Cristina había anunciado su intención de ser candidata a Diputada Provincial (los que en la Pcia. de Bs. As. se eligen en, y por, cada una de las 8 secciones electorales en que se divide esa provincia) por la 3ª sección; la más grande, y en la que –por su historia política y configuración social– todos los observadores dan por descontado el triunfo del peronismo; y en todo caso, la única duda razonable podía estar en si ese triunfo allí iba a ser por un margen lo suficientemente grande como para compensar o no, derrotas en otras secciones que hicieran aparecer al mileísmo o al justicialismo como vencedores en la totalidad de la provincia (todo ello en términos principalmente simbólicos, ya que lo que se eligen no son ejecutivos unipersonales, sino legisladores; o sea que, lo único efectivamente en juego, son bloques parlamentarios más grandes o más chicos de cada uno de estos sectores y de otros).

Como la misma Cristina lo planteó, una buena (o mala) perfomance en esa elección, habría influido muy probablemente (tal vez en efecto “ola”, favorable o desfavorable), en las legislativas nacionales de un mes después, y la presencia de Cristina como candidata allí, aunque fuera a un cargo relativamente menor; podría (o no) haber generado un resultado preocupante para la Libertad Avanza, que –al menos sin esa componente– tiene la expectativa de un buen resultado electoral en octubre.

Expectativa generada –hay que dejarlo claro-, no en un masivo respaldo de la ciudadanía a sus políticas. Sino en que la falta (con visualización suficiente), de alternativas creíbles a la nefasta gestión del mileísmo, hace que una gran parte de la población se retraiga, no vote. Así, las minorías que sí lo apoyan (ya sea por ceguera y fanatismo, porque pertenecen al muy selecto grupo de reales beneficiarios de esta política, o porque disfrutan -por ahora- del efímero efecto de “Plata Dulce” que Milei trata desesperadamente que dure hasta octubre, al menos), sumado al hecho de que L.L.A. pone en juego muy pocas bancas (por su floja o nula presencia en 2019 y 2021, que es cuando fueron electas las bancas que ahora renuevan), le pueden permitir cantar victoria el 26 de octubre.

Sin embargo, más que al mileísmo, esta situación (con Cristina candidata), preocupaba al poder real de la Argentina; formalmente una “democracia”, pero en verdad una plutocracia, de formas aparentemente democráticas.

El PRO, y no L.L.A., entre las fuerzas políticas, había sido el abanderado del objetivo de proscribir a Cristina. El proyecto de “ficha limpia”, otro mamarracho – en este caso legislativo -, claramente con nombre y apellido, destinado a impedir que los argentinos (o al menos los bonaerenses de la 3ª sección), pudieran decidir por su propia voluntad (y no las del poder económico, medios de prensa hegemónicos y jueces corruptos), fue estandarte del PRO; y cayó, por el empuje de los legisladores del peronismo, el F.I.T. y aliados; pero ayudado en forma determinante por Milei; que finge celebrar la proscripción de Cristina, pero maniobró por detrás para tratar de impedirla. Por especulaciones electorales: Tanto de la elección de C.A.B.A., como por la suposición de que una polarización con Cristina le conviene.

En cambio, la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en Argentina (AmCham), Confederaciones Rurales Argentinas (C.R.A.), y el Foro de Convergencia Empresarial salieron públicamente a lamentar la caída del proyecto macrista.

Una Corte Suprema, de sólo 3 Miembros -tal vez la más pequeña del mundo-, con dos de ellos nombrados inconstitucionalmente por decreto por Macri (luego muy dudosamente “Blanqueados”, pasándolos por el Senado, después de que el atropello ya había sido consumado, con total beneplácito de estos “próceres”), y un tercero, de no mejores antecedentes; concretó el asalto final al derecho de los argentinos a elegir. Esto, después del fracaso macrista y el doble discurso mileísta, en el Congreso, que les impidieron proscribir por otro camino.

Rosenkrantz, y su socio Bouzat fundaron la O.N.G. Asociación para la Defensa de la Competencia que sirvió para proteger los intereses de Clarín en varios negocios, además de haber servido directamente como abogado del grupo. Tiene también antecedentes en defensa de las posiciones más retrógradas en materia de Diversidad Sexual y DD.HH.

Carlos del Frade, hoy Diputado Provincial, investigó como Periodista a otro Cortesano, en su originaria Rafaela (Santa Fe) y expresó: “Ricardo Lorenzetti es hoy el que le da doctrina de ética, política y justicia a todos los argentinos. Pero Ricardo Lorenzetti fue, durante los años ’90, el abogado de las prepagas del PAMI, las que saquearon la obra social más importante de la Argentina. Cuando la Asociación Médica del Departamento Castellanos denunció esto, comenzó a lloverle una seguidilla de juicios que terminaron desbancando a aquella comisión directiva que lo había denunciado..”. La mayor parte de los ejemplares del libro donde mostraba la lucha de esa comisión directiva contra la mafia de Lorenzetti fueron encajonados, para que no circularan; y el autor, convocado por el ahora ya miembro de la Corte a una extraña reunión que olía a intento de soborno para tapar su pasado.

Aunque algunos intentan mostrar los Antecedentes “Peronistas” de Rosatti y Lorenzetti, como prueba de la “Imparcialidad” de la Corte, en realidad ellos no son sino una prueba más de que en ese Movimiento coexisten todavía sectores que se identifican con los intereses populares y otros que trabajan para sus peores enemigos. En este caso, como difícilmente se pudiera esperar otra cosa, los tres se mostraron totalmente permeables a las presiones del poder económico que, tanto entre las sombras, como abiertamente a través de sus órganos periodísticos, reclamaron la proscripción de la ex Presidenta.

Su presupuesto es impedir que a corto plazo, ante una eventual debacle del Gobierno de Milei (muy probable después de las elecciones, por el agotamiento de un esquema financiero insostenible que cada vez más rápidamente se va fumando las divisas que trabajosamente logra conseguir, a costa de endeudarnos cada vez más gravosamente a todos los argentinos, y mientras hunde la economía real del país) no haya a la vista cercana, una posibilidad de alternativa política distinta del modelo de saqueo total que propone el neofascismo hoy imperante.

La proscripción, sin embargo, ha operado, en los primeros días, en sentido bastante opuesto al que desearían esos sectores, que parecen haber olvidado que Perón –incluso antes de haber ocupado por primera vez la presidencia– se convirtió en lo que fue después, a partir de que lo metieron preso (y lo rescató la movilización popular del 17 de octubre de 1945). Y también, que la violencia política masiva de raigambre popular apareció, precisamente porque lo proscribieron durante 18 años.

Cristina, se ha transformado desde el fallo, en un centro de referencia político mucho más fuerte e incuestionable (al menos al interior de un Peronismo que venía con una o más internas agitadas) que antes.

Habrá que ver como decanta esto, tanto en las elecciones de 2025, como en los años por venir. La unidad de ese movimiento (y otros sectores), parece ser la primera receta lógica para resistir los embates que sufre. Sin embargo, aunque esa unidad pueda ser la receta para ganar elecciones, si es encabezada por sectores no mucho menos conservadores que los que aparecen en la vereda de enfrente; el resultado suele ser gobiernos como los de Alberto, que legitimó la deuda de Macri y le sirvió la mesa a Milei.

En las Elecciones de este año, que son particulares en cada provincia, hay muchos rincones de la geografía, en los que las “Unidades” disponibles parecen tener ese sabor.

¿ARGENTINA BUSCA AISLARSE DEL RESTO DEL MUNDO?

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Hablaremos de los casi 6 meses de Trump y los efectos en América Latina.
También de la nueva embestida de los Fondos Buitres y la “JUSTICIA” de EE.UU. contra Y.P.F., del clima tenso en la 66º Cumbre del Mercosur y de los temas más relevantes de la Patria Grande.

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LUIZ INÁCIO LULA DA SILVA – JAVIER GERARDO MILEI

DOCUMENTAL MISIONERO «BASILICIA» SELECCIONADO PARA PARTICIPAR DEL FESTIVAL DE CINE EN ROSARIO

«BASILICIA» SE PRESENTARÁ EN EL FESTIVAL NACIONAL DE CINE Y VIDEO DOCUMENTAL 30 AÑOS EN ROSARIO

Desde el Jueves 3 y hasta el Sábado 12 de Junio la ciudad de Rosario celebra una cita clave para el Cine Federal y la Reflexión Social en la República Argentina.

La Producción Audiovisual Misionera «Basilicia» fue seleccionada para participar en este Festival. El evento es organizado por el Movimiento de Documentalistas, que celebra tres décadas de historia y se llevará a cabo en diversas sedes de la ciudad, incluyendo una importante Proyección de esta Película programada para el 9 de Julio a las 18:00 Horas en el Complejo Cultural Atlas, ubicado en Mitre Nº 645.

La noticia generó gran entusiasmo en el ámbito audiovisual de Misiones, destacando la relevancia de la participación en este festival, que, a lo largo de los años, ha sido una plataforma fundamental para la difusión de documentales de gran impacto social, cultural y ambiental.

«Basilicia» se suma a este espacio, donde se presentarán producciones que abordan temáticas diversas, tales como los Derechos Humanos, la Lucha de Pueblos Originarios y Afroargentinos y las Problemáticas Socioambientales y de Género.

El Festival, que comenzó en 1995, ha recorrido distintas sedes a lo largo de Argentina y ha proyectado más de setecientos documentales, mediante los cuales se promueve la mirada crítica y reflexiva sobre la realidad argentina a través de la fotografía y la literatura documental.

Este año, amplía su foco, incorporando la Fotografía Documental y la Literatura Testimonial como parte de su programación.

En su 30° aniversario, el Festival Nacional de Cine y Video Documental de Rosario se consolida como una cita ineludible para los Cineastas y Documentaristas Nacionales, ofreciendo una plataforma clave para su difusión.

El director del Festival, Miguel Mirra, expresó su agradecimiento por la oportunidad de compartir y difundir el trabajo de los realizadores, subrayando la importancia de visibilizar producciones de diferentes rincones del país, que contribuyen a enriquecer el panorama cultural y audiovisual de la región.

Cabe mencionar que «Basilicia» es una Docuficción Codirigida por Gustavo Adolfo Carbonell y Gaston Gularte, con Producción de Carlos Eves Pedroso y Marisa Hassan. La cámara estuvo a cargo de Jeremías Gularte, el sonido directo lo realizó Fernando Paul Wheden y el montaje fue de Vanina Cantó.

En tanto, la postproducción de sonido estuvo a cargo de Chelo Paez, con música original del maestro Polo Martí. El arte final fue realizado por Horacio Iaboni y la corrección de color por Jerónimo Cabassi.

La protagonista Basilicia es interpretada por Natalia Borges, con Karin Scholler en el rol de su madre. Además, participaron los periodistas Cecilia Rodrigues, Marcos Otaño y Martín Gonzalo Estévez, descendiente de Basilicia.

La producción estuvo a cargo de la casa productora Detrás del Sol, con el apoyo del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales y el Instituto de Artes Audiovisuales de Misiones (IAAviM) y la participación de Lucero Audiovisual Consorcio de Cooperación. El rodaje tuvo lugar en julio y agosto de 2022 en las localidades de Oberá y Los Helechos, Misiones.

MÁS SOBRE BASILICIA

La Película revive los hechos ocurridos en 1936 durante una manifestación por mejores precios agrícolas, en la que Basilicia fue asesinada a manos de fuerzas policiales y civiles. El hecho, que pasaría a la historia como la Masacre de Oberá, marcó un antes y un después en la lucha de los pequeños productores rurales de la provincia.

A través de una rigurosa investigación llevada adelante por dos periodistas y el sobrino nieto de Basilicia, el Documental ofrece una mirada profunda y conmovedora sobre las condiciones de vida de los inmigrantes ucranianos asentados en Misiones, sus luchas por la tierra, el agua y la dignidad, y el valor de su memoria como herramienta de transformación social.

La Obra se nutre de archivos, entrevistas y testimonios que ponen en contexto las tensiones sociales y políticas de la época, con una narrativa que conecta pasado y presente.

FUENTE: misionesonline.net