Petróleo y Proyección Geopolítica en Oriente Medio

Escribe Prof. Néstor A. Suleiman

(nestor.suleiman@gmail.com)

En la década del ´70 y en los años ochenta del siglo XX, un pequeño incidente de tipo bélico en Oriente Medio terminaba generando un alza en el precio del barril de petróleo. Ahora la situación es distinta.

Nuevos actores están en juego en el escenario, y además EEUU la primera potencia del mundo ha garantizado su abastecimiento.

     Los estadounidenses poseen cavernas en las zonas costeras de Luisiana y Texas, donde almacenan millones de barriles. Parte de ese almacenamiento fueron utilizados por orden de Donald Trump, para amortiguar cualquier tipo de crisis, luego de los ataques con drones a las refinerías Aramco en Arabia Saudita, acciones militares realizadas por los huthies del Yemen, grupo aliado al régimen teocrático de Irán.

     El ataque redujo por unos días una caída del 33% de la producción de Aramco,  y esto implicó una subida del 12% el valor del precio del barril en el mercado. En otros tiempos una inestabilidad de estas características hubiera generado una catástrofe en el precio del hidrocarburo.  

Nuevos actores irrumpen en el escenario que es asiento de las principales reservas de petróleo en el mundo. En este caso Rusia que, desde hace unos años aunque suene un poco extraño, viene acercándose a las posiciones sauditas en materia de hidrocarburo.
     El príncipe Abdulazis Ben Salman Ministro de Energía del Reino Saudita en relación a la alianza con Putin en el mercado de referencia dijo, “ahora tenemos una nueva familia”,  en otro párrafo remato, “y muy pronto celebraremos el acta que continuará uniéndonos hasta que la muerte nos separe” (BBC News Mundo 11 de sep.2019).
     Esto que parece una declaración amorosa del ministro saudita para con los rusos, estas manifestaciones de uno de los príncipes ubicado en la cadena de potenciales herederos de la corona en ese reino, nos da una idea del pragmatismo existentes en estas realidades, una situación que rompe cualquier esquema tradicional del infantilismo precario de algunos que piensan con un formato rígido, y que no les permite ver como se cruzan intereses geopolíticos en escenarios bastantes estrechos.
     EEUU en Yemen hace una década castigaba duramente en ese país a las fuerzas de Al Qaeda. En los últimos tiempos, en esa región del sur de la Península de Arabia, la alianza que lidera el Reino Saudita contra las fuerzas Huthies, recordamos aliados a Irán, tiene como protagonistas entre otros grupos a los militantes de Al Qaeda. La alianza liderada por los saudíes recibe el apoyo logístico de EEUU.     Como vemos en este sitio el Pentágono colabora con los mismos insurgentes que en otra región, por ejemplo, en el norte de Siria combate con fuerza.
En relación al petróleo, en estos días en la belicosa Libia el Primer Ministro Fayed Sarraj, representante del Gobierno de Unidad Nacional, solicito una tregua para posibilitar el bombeo de hidrocarburo de los yacimientos que están muy cerca de las zonas de combate.
Sarraj representa al gobierno que es reconocido por varios países en el mundo, aunque esta situación de revista no le da demasiada legitimidad, sigue operando al oeste del país recibiendo apoyo de Turquía, Qatar y cientos de mercenarios de origen sirio reclutados por el gobierno de Tayip Erdogan.
     Del otro lado de la trinchera el mariscal Jalifa Jaftar, recibe el auxilio de la camarilla militarista oligárquica que gobierna Egipto, además de la asistencia de Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos y centenares de mercenarios rusos.
     Como vamos observando se mezclan protagonistas en diversos escenarios, que tienen papeles o actuaciones distintas, ajustadas a la hoja de ruta desprendidas de los asimétricos tiempos y estados de los mismos actores. Los proyectos geopolíticos de algunos países y potencias pueden estar alineados transitoriamente, y en algunos casos estas cuestiones no son admitidas en el análisis de aquellos que utilizan categorías muy precarias, y finalmente terminan esbozando erróneamente síntesis que ubican a las Monarquías en el Mundo Árabe, operando  juntas en todos los frentes,  las que «tienen como aliado imperecedero a Washington».  Son los mismos que creen que la oligarquía clerical persa está en las antípodas del estado sionista.

 

Las claves del acuerdo: reflexiones sobre el cierre de la negociación de la deuda bajo ley extranjera

Este es el análisis que realiza el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), en un informe realizado sobre los resultados del canje con los acreedores, donde se anunció que el 99% de la deuda bajo ley extranjera fue reestructurada. 

  • Argentina había presentado su oferta de reestructuración con sólo dos semanas de demora de su deadline autoimpuesto (31 de marzo), ya con el Covid-19 circulando en el país y manteniendo los términos que el gobierno de Alberto Fernández había diseñado antes de la pandemia. A pesar del contexto adverso, SE CERRÓ EL ACUERDO POR LA DEUDA con los bonistas bajo ley extranjera y su anuncio de resultados fue el lunes 31 de agosto.
  • EL NIVEL DE ACEPTACIÓN ASCENDIÓ A 93,5%. Ello implica que luego de la aplicación de las cláusulas de acción colectiva el canje se extiende al 99,9% de las acreencias.
  • A esta altura del partido ya nadie puede discutir la BUENA FE DE LA NEGOCIACIÓN ARGENTINA, que se mantuvo incluso frente al escenario de pandemia.
  • La deuda reestructurada asciende a aproximadamente US$ 68.800 millones de stock de capital en lo referido a deuda de ley extranjera, según el decreto 250/2020.
  • EL AHORRO RESULTANTE ASCIENDE A US$ 37.000 MILLONES, producto fundamentalmente de la reducción de intereses promedio de 7% a 3,07%.
  • ¿Cuáles son los beneficios del acuerdo? En los primeros años, ahorra dólares y también pesos, en tres sentidos:
    • PERMITE DESPEJAR VENCIMIENTOS de los próximos años y con ello, recuperar una senda de crecimiento: si entre 2020 y 2024 vencían nada más y nada menos que US$ 63.664 millones por todo concepto (capital e interés, deuda pública y privada, ley local y extranjera), se pagarán sólo US$ 6.116 millones aproximadamente.
    • DESCOMPRIME LA DEMANDA DE DÓLARES, importantísimo en una economía como la de nuestro país, atravesada por la recurrente restricción externa.
    • PERMITE LIBERAR INGENTES RECURSOS FISCALES para atender la pandemia y para recuperar el consumo y la producción, y con ello el crecimiento económico. En el presupuesto 2019 los intereses de deuda alcanzaron el 21% del total de gastos.
  • LOS ACREEDORES REDUJERON SU OFERTA 70%, MIENTRAS QUE ARGENTINA LA MEJORÓ 35%. En el verano, los bonistas arrancaron ofreciendo un acuerdo por US$ 92 de valor Presente Neto por cada US$ 100 de valor original de cada título. En febrero los acreedores ya ofrecían U$S 75. En la primera oferta del Gobierno argentino, en abril de 2020, se propuso pagar U$S 40 y los bonistas allí contraofertaron US$ 65. La brecha seguía sin cerrarse. En la propuesta argentina del 5 de julio Martín Guzmán ofreció US$ 53 por título. Finalmente, el acuerdo se cerró entre US$ 54 y US$ 55, a US$ 54,8.
  • ARGENTINA LOGRÓ IMPONER SU “CURVA APLANADA” DE VENCIMIENTOS Y COMPRAR TIEMPO EN LOS PRÓXIMOS 5 AÑOS. Este era el plato fuerte de la oferta original.
  • En el gráfico debajo se observan en rojo los vencimientos sin canje (heredados) y en celeste los nuevos vencimientos.
https://centrocepa.com.ar/images/informes/20200831-deuda-01.jpg
  • Para poner en valor: Ecuador reestructuró su deuda a la par de la Argentina, por un monto menor (US$ 17.400 millones), con una oferta cercana a US$ 59 de Valor Presente. Argentina logró un acuerdo con una sensiblemente menor oferta a la del ejemplo que BlackRock quiso que se emulara. 
  • Un comentario técnico importante: no habrá grandes modificaciones del ratio deuda/PBI, dado que cálculo se realiza considerando stock de capital de deuda y no hay grandes quitas al mismo, sino que la clave es reducción de intereses y extensión fuerte de plazos.
  • Las COMISIONES de los agentes colocadores son más bajas que en reestructuraciones previas. En la Ley 27.544 el articulo 4 e) estableció: “aprobar y suscribir contratos con entidades y/o asesores financieros (…) previéndose para ello el pago de comisiones en las condiciones de mercado, las que en ningún caso podrán superar el 0,1% por todo concepto del monto efectivamente canjeado o reestructurado”.
  • ¿QUÉ CAMBIA EL ACUERDO EN LA VIDA DE LAS Y LOS ARGENTINOS? Se podría esperar un relajamiento de las tensiones cambiarias por un tiempo. A la par, se gana margen fiscal para financiar transferencias a sectores populares (ATP, IFE, Jubilaciones, etc). El eventual acceso al crédito internacional en el mediano plazo podría abaratar la financiación de las empresas en un contexto de pandemia donde el apalancamiento es fundamental.
  • ¿CON ESTE ACUERDO SE TERMINA LA DISCUSIÓN DE LA DEUDA? No. Porque el acuerdo requiere de crecimiento económico en los próximos años para resolver la solvencia de la deuda. Si la economía argentina logra recuperarse hasta 2024, entonces ese mismo proceso habrá generado una buena porción de los recursos fiscales y de los dólares necesarios para afrontar las acreencias que vendrán por delante. Incluso, en ese escenario, los acreedores se mostrarán interesados en rollear la deuda porque pretenden seguir financiando a la Argentina. En cambio, si la economía presenta un derrotero similar al del período 2015/19, con una  retracción de casi 5%, entonces nos encaminaremos hacia un nuevo canje en peores condiciones que las actuales.
  • AHORA, LA NEGOCIACIÓN CON EL FMI. Es el paso siguiente luego del acuerdo bajo ley extranjera, cuyas condiciones se replicarán a los bonos bajo ley local. El total a negociar con el FMI asciende a US$ 44.000 millones y desde el Gobierno Nacional se prevé enviar al Congreso Nacional el acuerdo al que se llegue para su aprobación por el Poder Legislativo. ¿Cuáles son las claves de la negociación que viene?
    • CO-RESPONSABILIDAD EN LA CRISIS. El rol del FMI con el préstamo a Cambiemos lo convirtió en co-responsable de la debacle económica, otorgando el crédito más grande de su historia a un país que no tenía las condiciones para repagarlo e imponiendo un plan económico que no cumplió con sus metas (crecer y volver a los mercados) y que empeoró  la crítica situación previa.
    • DEUDA INSOSTENIBLE. Fue el FMI el que sentenció este diagnóstico en febrero de 2020.
    • ¿HAY NUEVO FINANCIAMIENTO? No es menor recordar que los organismos multilaterales como el Fondo no hacen reestructuración, sino que ofrecen el ingreso a nuevos programas de financiamiento con supervisión macroeconómica incluida. 
    • El FMI ha propuesto, con pocas variaciones, planes de austeridad en su historia.¿SERÁ LA PANDEMIA UNA EXCEPCIÓN A ESTA MÁXIMA? Podría dejarse la puerta abierta para que esta situación inédita permita revisar tradicionales recetas fallidas. “Usted no oye al FMI decir esto a menudo: gasten” sostuvo recientemente Kristalina Georgieva. ¿Seguirá en pie esta máxima para el caso argentino?

CHOLVIS: MAESTRO CONTABLE-ECONÓMICO AÚN VIGENTE

Aquí presentamos sus ideas acerca de su posición respecto a la Protección y Conducción de la Economía.

     Para desvanecer equívocos es preciso dejar bien sentado que existen dos formas nítidamente diferenciadas de protección y conducción de la economía. Una defiende los intereses de grupos minúsculos, frustra el desarrollo económico y mantiene el atraso. Otra muy distinta es la gestión del Estado que acelera el progreso nacional y eleva el bienestar de la población con una política económica formulada para suprimir los latifundios, fomentar la expansión de la industria, ampliar el mercado interno y combatir la acción de los monopolios y trust internacionales. En el Estado, y no en la empresa privada, se halla la fuerza motora del desarrollo económico, cuando el poder político está al servicio de la comunidad. (1*)

     La gestión directa del Estado para impulsar el desarrollo económico y el bienestar social, no enajena ni la libertad, ni la conducta, ni la iniciativa de los individuos. Persigue el interés de la comunidad, con lo cual va de suyo que procura también el interés de cada uno de sus miembros. Si la libertad, la conducta o la iniciativa de un individuo se hallan en pugna con el interés de la comunidad, ésta tiene que prevalecer en todos los casos y nadie debe sentirse menoscabado por ello. (2*)

   Sin una protección arancelaria adecuada, nominal y efectiva, la industria de los países subdesarrollados no puede prosperar, y entonces el desarrollo económico se torna en extremo dificultoso (3*).

  En nuestra opinión, el proteccionismo es de toda necesidad para promover el desarrollo industrial de los países atrasados, pero por supuesto no es ésta la única vía para alcanzar ese objetivo. Todas las naciones que hoy gozan de un alto desarrollo fabril han seguido esa política y los países subdesarrollados no deben abandonarla, porque es un recurso de suma importancia para acelerar el proceso de la industrialización. El argumento según el cual la protección aduanera perturba el desarrollo económico y social carece de valor. Mucho más dañino es el proteccionismo de los países desarrollados en perjuicio de las naciones de economía atrasada y dependiente, y lo menos que puedan hacer éstas es adoptar medidas contundentes para la defensa de su industria (4*)

   El perjuicio que la protección aduanera causa a los consumidores con el alza de los precios es el argumento de mayor fuerza contra el proteccionismo. Pero la defensa de la industria no debe medirse con esta vara. Lo mismo sucede en los países de gran desarrollo industrial con los aranceles y las restricciones cuantitativas y sanitarias que ponen en vigor para no permitir la importación de productos agropecuarios. El mayor precio a cargo de los consumidores es un sacrificio relativo frente a las razones que justifican la protección aduanera. La preservación de la industria, la absorción de la mano de obra excedente, el mejoramiento de los términos del intercambio, la defensa nacional, las economías externas que brinda la industria, la complementación fabril y la integración de la estructura productiva, son móviles que compensan con creces ese mayor precio que tanto invocan quienes se oponen a la protección arancelaria (5*).

1* “Esencia de la Economía Latino Americana” – Pág. N° 50

2* “Esencia de la Economía Latino Americana” – Pág. N° 51

3* “Pautas para el Desarrollo Industrial” – Pág. N° 138

4* “Pautas para el Desarrollo Industrial” – Pág. N° 146

5* “Pautas para el Desarrollo Industrial” – Pág. N° 147

CONVERSATORIO: REDUCCION DE LA JORNADA LABORAL

¡Trabajar menos para trabajar todxs!

Panelistas:

Natalia Salvo – Abogada Laboralista y docente de la UBA

Jorge Elizondo – Abogado Laboralista, docente de la UNR y periodista

Guillermo Gianibelli – Abogado laboralista

Miércoles 2 de Septiembre a las 18hs.

vía Zoom y Facebook Live

#TrabajarTodxs #Conversatorio #JornadaLaboral

¡¡¡ERA HORA!!!

Presentaron a la Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley “APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO PARA AYUDAR A MORIGERAR LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA».

El firmante es el diputado Carlos Héller, y acompañan como co-firmantes: Máximo Kirchner – José Luis Gioja-  Hugo Yasky – Itaí Hagman – Fernanda Vallejos – Juan Carlos Alderete – Leonardo Grosso – Lucía Corpacci – Ariel Rauschenberger – Gabriela Cerruti – Alicia Aparicio – Elda Pertile – Marcelo Casaretto – Martín Soria

   Por única vez, y vinculado a los Patrimonios de las Personas Humanas y Sucesiones indivisas residentes en el país.

   Según el Art. 1°, “Créase, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario que recaerá sobre los bienes existentes al 31 de diciembre de 2019, determinados de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley”.

Por el Art. 2°, «Se encuentran alcanzadas por el presente aporte extraordinario:

a) las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, comprendidos y valuados de acuerdo a los términos establecidos en la Ley 23.966 texto ordenado 1997 y sus modificatorias, cuando el total de los bienes, valuados de acuerdo con las disposiciones de la citada ley, y sin deducción de mínimo no imponible alguno, sea igual o superior a $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) al 31 de diciembre de 2019.

Asimismo, aquellas personas humanas de nacionalidad Argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en países no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, serán considerados sujetos a los efectos de este aporte extraordinario.

¿ADONDE IRA A PARAR ESTE APORTE EXTRAORDINARIO?

  Según el Artículo 7°, “El producido de lo recaudado por el aporte extraordinario establecido en el artículo 1° será aplicado:

1. Un 20% a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.

2. Un 20% a subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los términos del artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias y normas complementarias, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

3. Un 20% destinado al programa integral de becas Progresar, gestionado en el ámbito del Ministerio de Educación, que permitirá reforzar este programa que acompaña a las y los estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los niveles de formación durante su trayectoria educativa y/o académica.

4. Un 15% a los habitantes de los barrios populares identificados en el registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) para fortalecer dicho proceso, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de sus habitantes.

5. Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural,actividad que resulta de interés público nacional, a través de Integración Energética Argentina S.A. la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A. en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos. Queda establecido que Integración Energética Argentina S.A. deberá reinvertir las utilidades provenientes de los mencionados proyectos, en nuevos proyectos de gas natural durante un plazo no inferior a diez años a contar desde el inicio de vigencia del presente régimen.

Artículo 8°.- El Poder Ejecutivo Nacional deberá realizar una aplicación federal de los fondos recaudados por el aporte extraordinario del artículo 1°, y del destino enunciado en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 7.

Artículo 9°.- La aplicación, percepción y fiscalización del presente aporte extraordinario estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos y se regirá por las disposiciones de la Ley 11.683. Asimismo facúltase a la Administración Federal de Ingresos Públicos a dictar las normas complementarias para la determinación de plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas, valuación de los bienes, establecer anticipos y demás aspectos vinculados a la recaudación del aporte extraordinario.

Artículo 10°.- La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Artículo 11°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

¿QUE BUSCA MODIFICAR ESTE PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL?

   La reforma normativa que se aprobó, es una herramienta para comenzar a superar la crisis que desde hace bastante tiempo afecta al funcionamiento de la justicia federal con competencia en materia penal y con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y también en las provincias. También se destina un Título de la ley para la unificación de dos fueros: el Contencioso Administrativo Federal y el Civil y Comercial Federal, ambos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En atención a las temáticas que se abordan, la presente iniciativa contiene un Título I destinado a la unificación del fuero Nacional en lo Criminal y Correccional Federal con el fuero Nacional en lo Penal Económico, ambos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el Título II se propone la unificación del fuero Nacional en lo Civil y Comercial Federal y el fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, ambos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y luego, en el Título III se hace un abordaje integral del fuero penal federal con asiento en las provincias de nuestro país. Posteriormente se incluyen otros tres títulos: el Título IV, donde se proponen reglas de actuación que serán de aplicación para todos estos fueros; el Título V en el cual se realizan las modificaciones normativas pertinentes y luego el Título VI que contiene las disposiciones finales.

Finalmente se propone que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN y la DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en ejercicio de sus respectivas competencias, adopten las medidas administrativas y presupuestarias conducentes para la puesta en funcionamiento de los organismos conformados a partir de lo dispuesto en la iniciativa que se eleva a su consideración. Esta propuesta, de manera coincidente al 30º aniversario de la fecha en que se implementó el juicio oral y público en materia penal de conformidad con la Ley N° 23.984, sienta las bases necesarias para poner en funcionamiento un nuevo sistema de enjuiciamiento que cierra el proceso de reforma y le da al servicio de administración de justicia penal federal una calidad equiparable a la que existe en las naciones que más avances realizaron en la materia. En segundo término, cuando falta muy poco tiempo para celebrar el 40º aniversario de la recuperación de la democracia, al aprobarse el presente proyecto de ley, habremos dado pasos firmes para consolidar una institución judicial independiente e imparcial que sirva para la unidad de todos los argentinos y todas las argentinas.

  

EL SENADO DE LA NACION ARGENTINA APRUEBA LA LEY DE REFORMA JUDICIAL

    El Proyecto presentado al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo para la modificación de la Organización y Competencia de la Justicia Federal en la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en las provincias, fue aprobado en la Cámara de Senadores de la Nación por 40 votos afirmativos contra 26 votos de rechazo, de esta forma el Proyecto obtiene media sanción, y ahora es girado a la Cámara de Diputados de la Nación para su tratamiento y aprobación.

Repudiamos enérgicamente las irresponsables declaraciones de Eduardo Duhalde

Ante las declaraciones del ex presidente interino Eduardo Duhalde, realizadas en el programa de televisión “Animales sueltos”, desde los organismos de derechos humanos queremos manifestar nuestro más enérgico repudio.

Llevamos más de 37 años de una democracia que, con avances y retrocesos, se ha ido afianzando. Una y otra vez, el pueblo argentino ha dicho nunca más y lo seguirá haciendo en cada oportunidad que los destituyentes de siempre intenten socavar el orden constitucional.

En la situación en la que nos encontramos, en medio de una pandemia que se está llevando la vida de cientos de miles de personas, las palabras del ex mandatario son de una irresponsabilidad mayúscula y están en línea con una campaña concertada que busca debilitarnos como sociedad.

Ahora mismo, miles de trabajadoras y trabajadores arriesgan su propia salud y la de sus familias para atender –en todos los niveles– la emergencia sanitaria que nos ocupa, y somos millones las argentinas y argentinos que nos responsabilizamos y cumplimos con las normas de cuidado indispensables para evitar el colapso del sistema.

Y es en este contexto que Duhalde sale a presagiar muertes, violencia política y golpes de Estado. ¿Por qué? Debería hacerse cargo y dar explicaciones. El último golpe fue el de 1976. Ahí conocimos, de primera mano, lo que es un genocidio. 30 mil desaparecidos. Secuestros, torturas, violaciones, vuelos de la muerte, apropiación de centenares de bebés. Centros clandestinos en todo el territorio nacional.

El pueblo argentino ha decidido –y lo volverá a reafirmar cada vez que sea necesario– que esa fue y seguirá siendo la última dictadura. Tenemos que estar alerta y señalar las acciones desestabilizadoras, pero sobre todo mantener la unidad y apostar al bien común sabiendo que somos la vasta mayoría. No permitamos que los discursos que pretenden sembrar el miedo y el caos le ganen al amor y a la ternura. Ni hoy ni nunca más.

Buenos Aires, martes 25 de agosto de 2020.

ABUELAS DE PLAZA DE MAYO

MADRES DE PLAZA DE MAYO – LINEA FUNDADORA

FAMILIARES DE DESAPARECIDOS Y DETENIDOS POR RAZONES POLITICAS

H.I.J.O.S. CAPITAL

CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS)

ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS

LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS HUMANOS

MOVIMIENTO ECUMENICO POR LOS DERECHOS HUMANOS (MEDH)

ASOCIACION BUENA MEMORIA

FUNDACION MEMORIA HISTORICA Y SOCIAL ARGENTINA

ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS LA MATANZA

FAMILIARES Y COMPAÑEROS DE LOS 12 DE LA SANTA CRUZ

COMISION MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA ZONA NORTE