
ACTIVIDADES ARTISTICAS Y CULTURALES – TALLERES ABIERTOS A LA COMUNIDAD
SAN LORENZO N° 3484 EN LA CIUDAD DE ROSARIO -PROVINCIA DE SANTA FE-

Desde 1988, un espacio de pluralidad e intercambio

ACTIVIDADES ARTISTICAS Y CULTURALES – TALLERES ABIERTOS A LA COMUNIDAD
SAN LORENZO N° 3484 EN LA CIUDAD DE ROSARIO -PROVINCIA DE SANTA FE-

LA SITUACION ACTUAL DE LOS TRABAJADORES EN «ALGODONERA AVELLANEDA» DEL GRUPO VICENTIN S.A.I.C. HABLA SONIA ZANEL -DELEGADA EN LA EMPRESA POR LA ORGANIZACION OBRERA TEXTIL-
ANTE LA INMINENTE CATASTROFE POR LA SITUACION DEL COVID-19 EN EL GRAN ROSARIO Y LA PROVINCIA DE SANTA FE, LXS TRABAJADORXS DE LA SALUD DEL SECTOR PUBLICO, PRIVADO Y OBRAS SOCIALES SOLICITAN AISLAMIENTO PREVENTIVO, SOCIAL INTERMITENTE YA!!!
Lxs trabajadorxs de la salud del Sector Público, Privado y Obras Sociales, reunidos en Asamblea decidimos hacer publica nuestra profunda preocupación por el avance de la Pandemia de Covid 19 en nuestra Provincia, particularmente en Rosario y su área metropolitana y manifestamos nuestro total desacuerdo con la flexibilización de las medidas de aislamiento social preventivo, pues esto atenta contra la salud colectiva, colapsa el sistema y arrasa la integridad de lxs trabajadores de la salud.
Es un DEBER del Estado garantizar el DERECHO a la salud a través de políticas integrales. Ante ello solicitamos en forma URGENTE medidas de CUIDADO y protección para toda la ciudadanía, incluidxs nosotrxs. Estamos a un paso de vivenciar lo que sucedió en los países que eligieron la “concepción mercantilista de la salud”, considerando la vida de sus ciudadanxs como algo descartable.
No hablamos de economía versus salud.
No hablamos de números de hisopados, de camas críticas, respiradores o terapistas.
Hablamos de la diferencia entre la vida y la muerte de seres humanos!
PEDIMOS A LA CIUDADANIA QUE SEA CONSCIENTE DEL VALOR DE LA VIDA. QUE NOS ACOMPAÑE Y APOYE EN NUESTRO RECLAMO
Asamblea de Trabajadorxs de la Salud Colectiva – Rosario, 1° de Octubre de 2020

LA DIPUTADA NACIONAL PERTENECIENTE AL BLOQUE «FRENTE DE TODXS» VANESA SILEY, PRESENTO EL 25 DE SEPTIEMBRE UN NUEVO PROYECTO DE JUICIO POLITICO* AL ACTUAL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, EL DOCTORADO EN DERECHO EN LA UNIVERSIDAD DE YALE*, CARLOS FERNANDO ROSENKRANZT, SIENDO SU ESPECIALIDAD «LA DEFENSA DE LA COMPETENCIA«, ASI ES COMO FUE LETRADO DE CIENTOS DE EMPRESAS, ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRAN, EL GRUPO CLARIN, FARMACITY Y PEGASUS.
A continuación, transcribimos parte del Proyecto de Resolución presentada a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina, por Vanesa Siley:
PROYECTO DE RESOLUCION
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Promover Juicio Político contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
Dr. Carlos Fernando Rosenkrantz, por mal desempeño y eventuales delitos en el ejercicio
de sus funciones, de conformidad con lo que dispone el artículo 53 y concordantes de la
Constitución Nacional.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Por medio del presente proyecto solicito el inicio del proceso institucional de juicio político contra el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor Carlos Fernando Rosenkrantz, en virtud de los hechos que a continuación se detallan y que, según mi entendimiento, indican que dicho magistrado ha incurrido en la causal de mal desempeño en sus funciones previsto en el artículo 53 de nuestra Constitución Nacional.
En efecto, dicha norma establece: “Artículo 53.- Sólo ella (Cámara de Diputados) ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.” En tal sentido, se solicita a esta Honorable Cámara que, en cumplimiento de su rol acusador ante la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, dé el impulso institucional necesario para llevar adelante el proceso de juicio político. El mal desempeño que, entiendo, da base a este pedido de juicio político, no se encuentra definido en la letra constitucional, de modo que, debe ser el Congreso de la Nación quien debe interpretar su alcance. No obstante, entiendo vigente el alcance de la doctrina establecida tiempo atrás por Joaquín V. González en cuanto a la finalidad de este mecanismo institucional: “…el propósito del juicio político no es el castigo de la persona delincuente, sino la protección de los intereses públicos contra el peligro u ofensa por el abuso del poder oficial, descuido del deber o conducta incompatible con la dignidad del cargo. Pueden los actos de un funcionario no ajustarse al vocabulario de las leyes penales vigentes, no ser delitos o crímenes calificados por la ley común, pero sí constituir mal desempeño, porque perjudiquen el servicio público, deshonren al país o la investidura pública, impidan el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución, y entonces son del resorte del juicio político…” (Joaquín V. González, Manual de la Constitución Argentina, 1987, 21° ed. Ed. Estrada, pág. 519, el resaltado es propio).
El actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Rosenkrantz, ha
frustrado gravemente “el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución” al haber
favorecido y muchas veces asegurado la impunidad de los responsables del terrorismo de
Estado mediante sentencias contrarias al derecho vigente. Sin dudas, esta conducta es
impropia y contraria a aquella que debe esperarse de un magistrado del más alto Tribunal
de la República, más aún tratándose del mismísimo presidente del mismo. Basta con el
análisis de las sentencias dictadas en las causas “Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro
s/ recurso extraordinario” Expte. CSJ 1574/2014/RH1 (en adelante caso “Muiña”) y
«Recurso de hecho deducido por Batalla, Rufino en la causa Hidalgo Garzón, Carlos del
Señor y otros s/ inf. art. 144 bis inc. 1 —último párrafo— según ley 14.616, privación
ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 1), privación ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 5), inf. art. 144 ter 10 párrafo —según ley 14.616—, inf. art. 144 ter 2° párrafo —según ley
14.616-, homicidio agravado con ensañamiento – alevosía, sustracción de menores de diez
años (art. 146) — texto original del C.P. ley 11.179 y supresion del est. civ. de un
menor»(en adelante caso “Rufino Batalla”) para que la Honorable Cámara de Diputados
analice si ese magistrado ha incurrido en una causal de mal desempeño y, oportunamente,
formalice la acusación ante la Honorable Senado de la Nación a los fines de proceder a su
destitución y declararlo incapaz de ocupar ningún empleo de honor , de confianza o a
sueldo en la nación .
Es atinado señalar que el constitucionalista y profesor Juan Antonio González Calderón
reproduce en su Tratado de Derecho Constitucional la definición del senador republicano
Charles Summer durante el “impeachment” al presidente norteamericano Andrew Johnson
(de 1868): “En su verdadero carácter, el juicio político, tal como he podido entenderlo y
debo declararlo, es un procedimiento político, con propósitos políticos, que está fundado
en causas políticas, cuya consideración incumbe a un cuerpo político y subordinado a un
juzgamiento político…” (Juan Antonio González Calderón, Derecho Constitucional
Argentino, 2° Ed, Bs.As., 1926, T. III, p. 344).
Es importante recordar también aquí la histórica movilización del 10 de Mayo del año
2017, a donde concurrieron argentinos y argentinas de diversas identidades sociales y
políticas, que bajo la consigna “NO AL 2 X 1 A LOS GENOCIDAS”, repudió la decisión
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Muiña”. La sociedad argentina
demostró que el respeto a los altos valores y principios democráticos y de los derechos
humanos, no solo constituyen una política de Estado, sino que además se arraigan en la
conciencia política misma del Pueblo. Por esta razón, creo indispensable que mediante el
mecanismo de juicio político, el Congreso de la Nación honre cabalmente esa
manifestación de responsabilidad cívica del pueblo argentino, demuestre que es conteste
también con aquellos principios republicanos.
II.- HECHOS:
Es importante diferenciar los distintos puntos y situaciones que comprenden los hechos y la plataforma fáctica que dan sustento al presente pedido de juicio político del doctor Rosenkrantz. Respecto a su labor como magistrado, se debe distinguir su intervención en los casos “Muiña”, “Ledesma” y “Rufino Batalla”. Por otra parte, resulta de gran relevancia revisar la actitud adoptada como Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al frente de la Comisión Interpoderes y la postura que adoptó en el trámite del caso “ Amelong, Juan Daniel y Otros s/Delito” Expte. N° FRO 81000131/2007(en adelante “Amelong”). 1) intervención en los casos “Muiña”, “Ledesma” y “Rufino Batalla”. a) Actuación en el caso “Muiña” (2 x 1 a los genocidas). Como fue de público y notorio, el voto de Rosenkrantz formó la mayoría en el caso “Bignone, Reynaldo y otros s/ Recurso Extraordinario”, en el cual se dispuso que era procedente la aplicación del artículo 7 de la Ley 24.390 (derogado) en favor del genocida Luis Muiña. Los lineamientos jurídicos defendidos en el voto del señor Rosenkrantz en el caso “Muiña” resultan abiertamente contrarios a los lineamientos y exigencias fundamentales del derecho internacional y del derecho constitucional argentino sobre la sanción efectiva y adecuada contra los crímenes de lesa humanidad. Este magistrado ha incurrido así en un inaceptable mal desempeño de sus funciones. De forma tardía, Luis Muiña fue condenado a la pena de trece años de prisión por haber cometido diversos delitos de lesa humanidad (arts. 2°, 40, 41, 45, 54, 55, 144 bis inciso 1° y último párrafo, en función del art. 142 inciso 1° -texto según ley 20.642- y art. 144 ter primer párrafo –texto según ley 14.616-, todos ellos del Código Penal de la Nación). Al realizar el cómputo de detención y pena, el mismo Tribunal Oral Federal le aplicó el derogado artículo 7° de la ley 24.390 invocando lo estipulado por el art. 2° del Código Penal. Contra esta decisión, el Ministerio Público Fiscal dedujo recurso de casación por entender que el citado artículo 7° la Ley 24.390 –ya derogado– no era aplicable al caso. Una vez que el caso llegó a la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, ésta entendió que no correspondía otorgarle el carácter de ley penal más benigna a esa norma. Frente a esta decisión, la defensa técnica del genocida condenado Muiña dedujo recurso extraordinario federal, el cual fue declarado inadmisible, lo que dio lugar al recurso de queja ante la Corte. El Máximo Tribunal hizo lugar a la queja por mayoría y declaró admisible el recurso extraordinario. Debe recordarse que este caso refiere a los sucesos acaecidos el 28 de marzo de 1976, a cuatro días del inicio del último golpe militar. En esa oportunidad, el general de división Reynaldo Antonio Benito Bignone encabezó personalmente un operativo militar con tanques y helicópteros, ocupó el Hospital Posadas y secuestró a cinco trabajadores de ese nosocomio, incluyendo a su director, Julio César Rodríguez Otero. El “chalet” de ese nosocomio fue luego convertido en un centro de detención y torturas. Entre los que participaron de este operativo ilegal se encontraba Luis Muiña, quien durante la dictadura integró el grupo de tareas conocido como «Swat». El 29 de diciembre de 2011, Muiña fue condenado a la pena de trece años de prisión junto a Bignone e Hipólito Rafael Mariani por delitos de lesa humanidad, al considerárselo coautor penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad cometido por funcionario público con abuso de sus funciones, agravado por el uso de violencia o amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, en concurso real con el delito de imposición de tormentos por un funcionario público al preso que guarde, reiterados en cinco oportunidades en perjuicio de Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff. Lo cierto es que el juez aquí denunciado y cuyo juicio político promuevo, formó la mayoría que en forma contraria al derecho internacional y nacional vigente declaró aplicable a este aberrante caso la ley 24.390, conocida como la ley del “2 por 1”, vigente entre 1994 y 2001. El repudio a esta resolución entrañó un hito histórico en la estructura interna del propio Poder Judicial. Tras hacerse pública la resolución del caso “Muiña”, la mayoría de los Tribunales que recibieron pedidos similares de la aplicación del artículo 7° de la Ley 24.390 se apartaron de los lineamientos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y rechazaron, de forma sólida y contundente, ese planteo inconducente. Asimismo, el repudio masivo a esta decisión llevó a que ambas Cámaras del Congreso Nacional aprobaran la ley 27.362, que expresamente declara absolutamente inaplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra el derogado artículo 7° de la ley 24.390. Dichos sucesos ponen de manifiesto que el reclamo y la lucha contra la impunidad de los terroristas de Estado es parte de las políticas públicas básicas que abraza la República Argentina y que, además, no estoy dispuesta a consentir ni a avalar que se destruyan las conquistas que se alcanzaron tras tantas décadas de lucha, lucha conducida por madres y abuelas. b) Causa Ledesma – recurso sobre la falta de merito dictada por la Sala IV de La Cámara Federal de Casación Penal a Carlos Pedro Blaquier y Alberto Lemos en Causa «Arédez» , Expte. FSA44000296/2009118/1/1/RH5) En 1976, a comienzos de la dictadura cívica militar, el Grupo Ledesma apagó la usina eléctrica en General San Martín, Provincia de Jujuy, donde se encuentra su base operativa. De esta forma, sumergió a diversos pueblos en la más impenetrable oscuridad con el objetivo de que se secuestren trabajadores, estudiantes, militantes y profesionales del campo popular. Los vehículos que se utilizaron para estas tareas correspondían al propio Grupo Ledesma. Este mega-operativo revela una de las caras más evidentes de la complicidad civil y empresarial con el genocidio cometido durante la última dictadura cívico-militar. Carlos Pedro Blaquier y Alberto Lemos –dueño y administrador durante la dictadura del ingenio Ledesma, respectivamente– fueron procesados en noviembre de 2012 por el secuestro y privación ilegal de la libertad de 29 trabajadores y referentes sociales entre marzo y julio de 1976. Esos procesamientos fueron confirmados en 2013 por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta. No obstante, la oscuridad del apagón volvió a constituirse en marzo del 2015, cuando Blaquier y Lemos fueron beneficiados con el dictado de una falta de mérito por parte de la Sala IV de La Cámara Federal de Casación Penal. Los integrantes del tribunal dieron por probado que el grupo empresarial aportó vehículos para los secuestros, pero consideraron que Blaquier y Lemos desconocían los fines para los que se usaron sus camiones. A raíz de esa decisión, la agrupación H. I. J.O.S., en su calidad de querellante, presentó un recurso extraordinario federal que fue rechazado. Ante su rechazo, se presentó en queja junto con el Ministerio Público ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Asimismo, dicho fallo cuenta con la apelación, también ante la Corte Suprema, de los agentes fiscales del Ministerio Publico Fiscal. Ese mismo año, la causa llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Luego de ingresar en la Secretaría Penal y circular por las distintas vocalías, la causa se encuentra ahora en manos del Presidente Rosenkrantz y la fecha para una eventual resolución es un gran signo de pregunta. Sobre todo, si se tienen en cuenta los vínculos explícitos del magistrado con la poderosa familia Blaquier. Esos vínculos se extienden a Agustina Cavanagh, esposa de Rosenkrantz, quien integra la ONG “Cimientos” junto a Miguel Blaquier, ex abogado de la empresa azucarera y sobrino directo del principal imputado en la causa. “Cimientos” se presenta como “una organización de la sociedad civil que promueve la equidad educativa mediante programas que favorecen la permanencia y el egreso de la escuela secundaria y mejoran la calidad de la educación”. Además, tiene “socios” poderosos que también fueron clientes del ahora Presidente del Máximo Tribunal: “YPF”, “Sociedad Rural Argentina”, “JP Morgan”, “Techint”, “Pegasus”, “Coca Cola”, “Celulosa Argentina”, “La Anónima”, y “Pan American Energy”, entre otros. A título enunciativo podemos mencionar el reciente caso “Tabacalera Sarandí” donde se denunciaron vinculaciones del aquí acusado con “Philip Morris” y “British Tobacco”. En diciembre de 2019 la Pyme nacional Tabacalera Sarandi presentó una querella ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Número 4 por la causa 5076-2019, por supuestas maniobras del gigante mundial tabacalero Philip Morris (Massalin) junto a funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ministerio de Hacienda y Secretaría de Salud, denunciando el uso de reportes e información desactualizada y falsa para impulsar un sistema impositivo con el fin de favorecer al monopolio de las tabacaleras multinacionales. Si bien esta causa tiene al Estado Nacional como demandado, las resoluciones que tome la CSJN podrían terminar favoreciendo a dos grandes empresas multinacionales: Philip Morris y British American Tobacco. En la presentación que hacen los abogados de Tabacalera Sarandi (Elías Jassan, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro), señalan que su hija, Julia Rosenkrantz, forma parte de Marval O’Farrell Mairal, estudio jurídico que defiende los intereses de Philip Morris en el país a través de su socia, Massalin Particulares. Por otra parte, en el pedido de recusación ponen la lupa sobre Gustavo Naveira, secretario de la Corte, que en diciembre de 2019 contrató como parte de su equipo a Diana Queirolo, una profesional que trabajaba en la AFIP y que había participado en este mismo caso en defensa de los intereses del Estado nacional. En esa línea, resulta de interés y relevancia a los efectos de esta presentación destacar que el señor secretario, el Dr. Naveira, quien tiene la dirección absoluta del despacho de las citadas actuaciones fue designado por el Dr. Rosenkrantz a cargo de la Secretaría Nro. 7 de la Corte desplazando a quien había ganado un concurso para el cargo1 . El propio denunciado se vio obligado a aclarar2 -con muy poca solvencia- su situación respecto a determinadas causas en las que se advirtió un conflicto de intereses que lo obligaba a excusarse en el entendimiento de las mismas, cómo por ejemplo el conjunto de expedientes vinculados con regulación de honorarios de abogados en causas sobre empresas clientas del aquí denunciado. Dos de ellos se refieren a letrados de Panamerican Energy, uno de un expediente contra Chubut y el Estado Nacional, y otro contra la DGI. Cuando se plantean honorarios, los abogados lo hacen por derecho propio, pero la empresa puede estar implicada igual en el pago. De todos modos lo habitual en la Corte es que quien tuvo vínculo con la empresa en cuestión se excuse por razones de decoro y delicadeza. También firmó el supremo un planteo de regulación de honorarios de un abogado de YPF. Lo mismo sucedió con el pedido del abogado de Dia Argentina SA, en una causa contra la Municipalidad de Esteban Echeverría.3 “….Al inaugurar el año judicial 2019, en una de sus últimas apariciones públicas, Rosenkrantz dijo que los jueces deben demostrar que son “refractarios a todo interés personal, ideológico, político y de cualquier otra naturaleza que no sea realizar el imperio del derecho…”4 Pero no ha sido esta la conducta que mantuvo a lo largo de su mandato como juez de la Corte Suprema, donde el rol institucional obliga a la máxima rigurosidad a adoptar para situaciones como las que describimos. La falta de esta rigurosidad, la falta de imparcialidad manifiesta que se advierte de las investigaciones periodísticas.
1
https://www.infobae.com/politica/2020/07/28/una-tabacalera-argentina-acuso-a-carlos-rosenkrantz-dedefender-los-intereses-de-dos-empresas-internacionales/%3foutputType=amp-type)
2
https://www.pagina12.com.ar/193256-un-pedido-del-supremo
3
https://www.pagina12.com.ar/193255-rosenkrantz-de-un-lado-y-del-otro
4
https://www.pagina12.com.ar/204884-rosenkrantz-una-larga-historia-de-conflictos
RECORDAMOS A HECTOR CAVALLERO ANTE SU RECIENTE DESAPARICION FISICA
TRANSCRIPCION DEL REPORTAJE REALIZADO EN LA Revista «De puño y letra» N° 7 DEL MES DE MAYO DEL AÑO 1995

«De puño y letra» estuvo en el Palacio de los Leones y entrevistó en forma exclusiva al intendente de la ciudad de Rosario, Don Héctor Cavallero, hoy preparado para dar batalla por la gobernación de Santa Fe. Tomando como base de operaciones el desarrollo político logrado en el Sur de la Provincia y la incorporación de sectores del Movimiento Nacional Justicialista y otros sectores intermedios, ha logrado el impulso necesario para hacer pie en todo el territorio santafesino. Seguramente será, ley de lemas mediante, una de las opciones más importantes para que el Justicialismo y sectores afines sigan gobernando la Provincia de Santa Fe, pero con la posibilidad que el número uno de la fórmula, sea de Rosario.
Esta es la charla con el Intendente de la ciudad:
De puño y letra: ¿En qué situación está actualmente el Puerto de Rosario, luego de la firma con la empresa privada para realizar el dragado a 32 pies? y ¿cómo se está manejando el Ejecutivo Municipal respecto al mismo?
Héctor Cavallero: Actualmente los buques entran a media carga y salen a media carga, haciendo la completación de carga en la zona alfa del río de la Plata, o en los puertos del sur de Brasil, y esta completación de carga sale un sobreflete bastante importante. Por ejemplo de la zona Rosafé, salen 16 millones de toneladas anuales de granos, aceites vegetales y subproductos que se exportan de un total de 24 millones de toneladas. Es decir que el día que los buques puedan salir con carga completa, los productores agropecuarios van a cobrar entre un 5% y un 8% más por quital, y a la inversa, el caso de la Destilería San Lorenzo es bien claro. Actualmente trae el crudo, que es la materia prima desde puerto Rosales –que está al lado del puerto Bahía Blanca- en buque de 30.000 metros cúbicos. Cuando el puerto de Rosario sea a 32 pies lo va a poder traer en buque de 60.000 metros cúbicos.
La Destilería San Lorenzo exporta fuell-oil a México y a Estados Unidos, sale de San Lorenzo en buque de 60.000 metros cúbicos, pero cargado con 30.000 metros cúbicos y luego la completación de carga, se hace a un precio de 6 a 8 dólares el metro cúbico. Cuado el puerto de Rosario tenga 32 pies el buque saldrá directamente con carga completa.
Esto va a posibilitar que la provincia de Córdoba, que actualmente saca toda su producción por el puerto de Buenos Aires, lo saque por el puerto de Rosario y los puertos de la zona de influencia.
Esto significa que la industria del cuero que está radicada en el Departamento Las Colonias, la industria de la caldera que funciona en el mismo departamento, la industria frigorífica y harinera que está en el Departamento San Martín, salga en contenedores o en buques a través del puerto de Rosario. Es decir que los 800 millones de dólares anuales quedarán en esta zona para reactivar la economía en lugar de engrosar las ganancias de esas empresas. Esa es la importancia que tiene el dragado y el puerto funcionando a pleno para la zona del Gran Rosario, puerto de Villa Constitución, Punta Alvear, Rosario, San Lorenzo y Puerto San Martín.
De puño y letra: Otro de los temas importantes para la ciudad es el funcionamiento del Mercosur en la región. ¿Qué es lo que está haciendo la Municipalidad de Rosario al respecto?
Héctor Cavallero: La Municipalidad, a través de la Secretaría de la Producción, el Empleo y el Comercio Exterior, le ha dado un fuerte impulso a éste, en un momento muy propicio, sobre todo para Brasil, Uruguay, Paraguay y Santa Cruz de la Sierra, en Bolivia.
En este sentido nosotros llevamos las carpetas de lo que producen las empresas de la zona del Gran Rosario. Se discute por ejemplo, en Brasil, y luego se arma la misión, solamente con aquellos que tengan una contraparte que le puedan comprar, no haciendo turismo inconsciente: ir allá y que no pase nada.
Nosotros trabajamos con la Secretaría de Comercio e Industria del Municipio de Puerto Alegre y del Estado Río Grande Do Sur, con el de Florianópolis y el Estado de Santa Catalina; con Curitiba y el Estado de Paraná, y con Cácere y el Sur de Matogrosso. Por supuesto con Asunción , con Valparaíso, con Montevideo, Canelones y con Santa Cruz de la Sierra.
De puño y letra: Un tema que preocupa en cuanto a los servicios de la Provincia, es la privatización de la Dipos. ¿Cuál es la posición que tiene la Municipalidad de Rosario?
Héctor Cavallero: Creo que hablar de la Dipos reduce el problema que tiene la Provincia de Santa Fe, creo que tenemos que hablar del agua potable y el saneamiento. Entonces el problema es mucho más grande que el de la Dipos, porque hay zonas como toda la franja oeste desde el norte provincial en el Departamento San Cristobal hasta el Departamento Gral. López que no tienen agua potable. Esto no todos los santafesinos lo saben, ciudades como Tostado, San Cristobal, Ceres, Vera no tienen cloacas. Entonces, con la privatización específica de la Dipos, nosotros habíamos planteado la regionalización con una fuerte participación de los municipios en cada región. Esto no se ha dado así: ha ganado la posición de autorizar al Poder Ejecutivo a hacer la licitación en base a un pliego de condiciones que no vuelve a la legislatura. Creo honestamente que se va a cometer un error, porque se deja afuera a una parte importante de la Provincia y porque se debió haber regionalizado.
De puño y letra: Durante muchas noches de verano se vivieron espectáculos culturales en el ámbito del Anfiteatro Municipal “Humberto De Nito” protagonizados por figuras nacionales de la canción, pero ¿Qué sucede en los distintos barrios de la ciudad?
Héctor Cavallero: Ya que lo mencionás, te voy a decir algo que pienso desde siempre: la parte más importante de la actividad, es el papel protagónico que tiene que jugar la cultura. Yo diría que tiene un Importancia Capital. Se han creado 17 Casas de la Cultura en los barrios, (antes no llegaban) y antes de culminar la actual labor municipal, les vamos a dejar constituidos legalmente cada una de esas entidades para que estén fuera de los vaivenes que puede tener la política. Y la cultura en un montón de barrios es un canal concreto de participación para la formación cultural individual y colectiva de niños, adolescentes, jóvenes y también gente de la tercera edad que antes no tenía acceso a la misma.
De puño y letra: Ya en el terreno político y previo a la campaña electoral por la Gobernación, llueven las críticas políticas por el cambio de partido, en especial la que dice: “Cavallero no tiene partido político”. ¿Cómo explicás esto?
Héctor Cavallero: En primer lugar, el Partido del Progreso Social, ya obtuvo el reconocimiento jurídico-político para actuar en la Provincia. Nosotros no le hemos puesto “Socialista”, porque la ley no lo permite. Y en segundo lugar, que nosotros vayamos en una alianza con el Justicialismo, con Vecinalistas, con Independientes, con una parte del Movimiento Obrero Organizado y con gente cuya extracción es del Empresariado de la ciudad y del campo, significa para mí, una madurez en la democracia, porque es un nucleamiento alrededor de un Proyecto, y de una manera concreta de llevarlo adelante, cosa que ningún candidato a gobernador plantea. No he escuchado Proyecto alguno y menos de la manera de llevar adelante un período de gobierno. Para nosotros es clara la descentralización operativa de la Provincia, por lo tanto, pienso que la gente tiene que verlo, desde ese punto de vista, esta Alianza sirve para un cambio positivo en la Provincia de Santa Fe.
De puño y letra: ¿Cuál es el eje de la campaña electoral? ¿Qué propuestas básicas tiene la gente que te acompaña en esa candidatura a Gobernador de la Provincia de Santa Fe?
Héctor Cavallero: Nosotros, en esa Alianza, hemos priorizado tres cosas: la Producción, el Empleo y la Solidaridad Social.
La Producción primero, definiendo cuál es el perfil productivo de la Provincia de Santa Fe, que es la Producción Agropecuaria y las Industrias que se originan en ella: la Agroindustria Alimenticia y la Industria de Implementos Agrícolas. Desde ese punto de vista hay una posición a defender frente al resto de las provincias, así como Buenos Aires y Córdoba defienden la Industria Automotriz logrando un cupo de ingreso a los autos importados, luego logrando facilidades para cambiar el auto con más de 10 años, nosotros tendríamos que plantear el cambio del tractor, el cambio del implemento agrícola para beneficiar las Industrias Metalúrgicas y del Tractor locales que están en una situación muy difícil.
En segundo lugar, determinar la inserción. Planteamos la inserción desde el Puerto Valparaíso en Chile, pasando por la Provincia de Mendoza, San Juan, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, la Mesopotamia Argentina, y los Estados del Sur de Brasil que mencioné antes: Uruguay, Paraguay, Chile y Santa Cruz de la Sierra en Bolivia.
Entonces las Obras de Infraestructura serán: Dragado del Puerto Rosario, Autopista Rosario-Córdoba, Conexión Víal Rosario-Entre Ríos, aquí en el Sur de la Provincia. En el norte la Conexión es entre Villa Ocampo y Bella Vista en Corrientes. Y en el centro, terminar los 28 Km. que faltan de la Ruta Provincial N° 66 entre Carlos Pellegrini y Cañada Rosquín, con lo cual obtendríamos una conexión directa desde la ciudad de Córdoba hasta la Ruta N° 34 atravesando de este a oeste la provincia.
También queremos que funcionen a pleno los corredores ferroviarios, la línea del Belgrano para traer la Producción Minera a Rosario, y la línea del Mitre para que la Producción Boliviana sea exportada por nuestra zona. Una nueva Ley de Promoción Industrial que tenga en cuenta la posibilidad de entregar la tierra a un precio simbólico, desgravación impositiva, precio político a la electricidad como la tiene la Provincia de San Luis y Buenos Aires. Un Fondo de Garantía para la Pequeña y Mediana Empresa y un Fuerte Impulso en el Comercio Exterior, como lo estamos haciendo en el Municipio de Rosario.
ELENA RIVERO DEL PARTIDO DE LA LIBERACION DE LA REPUBLICA ARGENTINA PARTICIPARA DE CHARLA-DEBATE ONLINE



«De puño y letra» en el Concejo Municipal de Rosario: en la Sesión de este Jueves, se votó la creación del Registro de Cultivos Terapéuticos y Solidarios de Cannabis
Presentado por la Concejal Jesica Pellegrini, junto a sus pares de Ciudad Futura-FSP, Caren Tepp, Pedro Salinas y María Luz Olazagoitía, se votó una ordenanza que crea el Registro de Cultivos Terapéuticos y Solidarios de Cannabis, en el ámbito municipal, con la finalidad de “establecer un marco regulatorio local que permita usos responsables, seguros, cuidados y de calidad”.
A partir de tal Registro se faculta a la Municipalidad a “otorgar licencias de autocultivo, protegiendo la identidad y privacidad de las personas” y se establecen los casos: cultivos terapéuticos, para el tratamiento de síntomas y patología con la indicación médica correspondiente, y cultivos solidarios, llevados adelante por cultivadores/as que se comprometen a brindar la materia prima a personas que necesiten administrar cannabis por indicación médica.
La ordenanza dispone asimismo la creación del Consejo Asesor de Políticas de Cannabis y sus derivados, “a fin de construir los criterios y protocolos que permitan reglamentar la ordenanza, en consonancia a leyes provinciales y nacionales, como así también a normativas municipales y avances científicos en la temática.
En el artículo 3º de la normativa se precisa que la Municipalidad de Rosario “gestionará ante los distintos Poderes y niveles del Estado los convenios y autorizaciones necesarias a fin de cumplimentar la ordenanza”.
De igual modo se plantea que la Municipalidad priorizará la articulación con instituciones públicas, universidades y organizaciones de la sociedad civil, “a fin de seguir continuar avanzando en campañas, instancias de formación y estudios de investigación en la materia”.
También se determina que el Departamento Ejecutivo realizará los convenios pertinentes con la Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas de la Universidad Nacional de Rosarios con la misión de garantizar los análisis y testeos correspondientes. En el mismo sentido promoverá la producción pública de medicamentos a base de cannabis, desde los laboratorios públicos de la provincia.
Finalmente en la ordenanza se encomienda al Departamento Ejecutivo la conformación de una mesa de trabajo entre el Estado, profesionales y organizaciones cannábicas con experiencia y conocimientos en la materia como Madres que se Plantan, la Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje del Cannabis (Aupac) y la Asociación Rosarina de Estudios Culturales (Arec), entre otras.
La ordenanza fue votada de manera unánime con las abstenciones de las bancadas de Juntos por el Cambio -que propuso previamente algunas modificaciones-, Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio, Cambiemos, y Unión Cívica Radical.
Se refirieron al tema Tepp, de Ciudad Futura-FSP; Alejandro Rosselló, de Juntos por el Cambio; Fabrizio Fiatti, de Creo; María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular, y Roy López Molina, de Cambiemos.
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ULTIMO INFORME DEL CENTRO DE ECONOMIA POLITICA ARGENTINA (C.E.P.A.)
ECONOMIA CON PERSPECTIVA DE GENERO: DE LA BRECHA SALARIAL A LA BRECHA PATRIMONIAL
CONCLUSIONES
El informe aporta datos contundentes respecto de un indicador que no suele tener la misma visibilidad que la medición de las brechas de ingresos entre varones y mujeres. Se trata de lo que hemos denominado brecha patrimonial y que refiere a la desigual distribución de las propiedades entre varones y mujeres, considerando como fuente primaria de estudio la base del Impuesto a los Bienes Personales de AFIP del año 2018. Para complementar esta información patrimonial, se publican los datos de brechas de ingresos en el sector privado registrado, que es el que más se acerca según su fisonomía a las características de las y los aportantes en Bienes Personales. Se aclara que la distinción es binaria (varón/mujer) porque las bases estadísticas aparecen sólo con la distinción por sexo, sin incluir grupos LGTTBI+.
Los principales resultados son los siguientes:
En lo que refiere a los patrimonios, entre los principales resultados de informe, se encuentran los siguientes:
A 2016 los bienes declarados por las mujeres valen tan sólo un 28,3% del total de los bienes declarados en la base del impuesto a los bienes personales.Puede observarse que desde 2015 se registra un relativo estancamiento de la valorización de los bienes detentados por mujeres: 27% representaban sobre el total de los bienes declarados en 2015, ascienden a 27,7% en 2016, 27,5% en 2017 y 28,3% en 2018. Cabe considerar que en el año 2009, la incidencia de los bienes de las mujeres era todavía menor, de 24,8% sobre el total de lo declarado en el impuesto.
Esto significa que no solamente las mujeres son un tercio de los titulares del impuesto a los Bienes Personales, sino que además el valor de sus bienes es aún más bajo que ese tercio que representa su titularidad. La feminización de la pobreza tiene su contrapartida en la masculinización de la riqueza.
Al observar la evolución de la valorización de los bienes declarados por mujeres podemos identificar que, si bien la misma se ha incrementado, lo hace a un ritmo 50% menor que el incremento de la cantidad de titulares mujeres en el impuesto. Si la cantidad de mujeres titulares de patrimonios que pagan Bienes Personales crece al 3% anual acumulativo entre 2009 y 2018, el valor de sus patrimonios sobre el total de los bienes declarados crece al 1,5% acumulativo en igual período.
En las mujeres, en el sector de profesionales, científicas y técnicas se encuentra el 25,5% de quienes aportan en Bienes Personales, mientras que un 17,7% se ubica en el sector inmobiliario y otro 11% en servicio de asociaciones y servicios personales. En el caso de los varones, el 31% son profesionales, científicos y técnicos y el siguiente 9,9% pertenecen al rubro inmobiliario, otro 8,9% a servicio de asociaciones y servicios personales.
Otras ramas de actividad que son relevantes para los varones de mayores patrimonios es agricultura, donde el 9,5% de quienes aportan en bienes personales declaran ese rubro, mientras que en mujeres esa magnitud es solo de 3,67%. Por otro lado, los varones más ricos tienen entre sus actividades relevantes la industria (pertenecen en un 2,41% a dicho rubro), la construcción (1,25%) y transporte (3,49%), mientras que en las mujeres esa participación es bastante más baja, alcanzando sólo 0,9% en industria, 0,25% en construcción y 1,16% en transporte.
En lo que refiere a las actividades típicamente feminizadas, se observa que un 9,17% de las mujeres con mayor patrimonio se ubica en el sector salud, mientras que en los varones ese porcentaje es mas bajo, de 6,38%. A su vez un2,76% de las mujeres se encuentra en la rama de la enseñanza y ese porcentaje en los varones es tan solo de 0,79%.
En definitiva, la feminización de la pobreza tiene su contrapartida en la masculinización de la riqueza en una sociedad donde el 10% de la población con más ingresos está compuesto en un 62% por varones, mientras que el 10% con menos ingresos está compuesto mayormente por mujeres (69%).
SOLICITAN AL JUEZ MARTIN RIZZO QUE NO SE APLIQUE LA ORDEN DE DESALOJO DE LAS TIERRAS OCUPADAS EN EL MUNICIPIO DE PRESIDENTE PERON

Las organizaciones de derechos humanos que integran el Encuentro Memoria, Verdad y Justicia pidieron este martes al juez Martín Rizzo que «no se aplique» la orden de desalojo de las tierras ocupadas en esa localidad bonaerense, y consideraron que se debe encontrar «una solución real y de fondo» a la problemática de esas familias. A la gente hay que darle vivienda, no sacarla con balas”, dijo Nora Cortiñas, Madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora.
Durante el día desmintió también al Gobierno Laura Taffetani, de la Gremial de Abogados y Abogadas que representa a niños y niñas de Guernica: “Kicillof puede negarse a desalojar, porque es ilegal. Uno de los presupuestos que se tiene que dar para la acción de usurpación es probar la titularidad de esas tierras, cuestión que no fue acreditada en el expediente»
FUENTE: «La Izquierda Diario»
LA CORTE SUPREMA «SE ARROGO UNA SUERTE DE COMPETENCIA DE LAS COMPETENCIAS»

El jurista Raúl Ferreyra afirmó que «el ‘gobierno de los jueces’ se encuentra prohibido por el sistema fundado por la Constitución federal» y «la ley fundamental autoriza el Gobierno del Derecho».
El integrante del consejo consultivo que asesora al presidente Alberto Fernández para la reforma judicial, advirtió que la Corte Suprema de Justicia «se arrogó una suerte de competencia de las competencias» al declarar admisible el recurso extraordinario de salto de instancia (per saltum) para tratar la revocación del traslado de tres magistrados del fuero penal federal.
Ferreyra sostuvo que el máximo tribunal «en una clara afrenta a la regla de distinción de funciones del poder, se arroga una suerte de competencia de las competencias», al considerar que el máximo tribunal «abre el per saltum, suspende resoluciones de instancias anteriores y corre traslado, en anuncio de la crónica final que vendrá más temprano que tarde».
En su resolución, la Corte decidió por unanimidad que las cuestiones planteadas «exceden el interés de las partes» y que el asunto «atañe a la comunidad», al declarar admisible el recurso de per saltum presentado por los camaristas federales Germán Castelli, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
A través de un comunicado, Ferreyra sostuvo que Bruglia y Bertuzzi «fueron trasladados» durante el anterior Gobierno de Mauricio Macri en un «itinerario inconstitucional», por lo que, ahora, el «Consejo de la Magistratura, luego el Senado y el Presidente intentaron reponer el orden dañado con una secuencia de pasos jurídicos, auténticos y transparentes».
El jurista afirmó que «el ‘gobierno de los jueces’ se encuentra prohibido por el sistema fundado por la Constitución federal» y «la ley fundamental autoriza el Gobierno del Derecho».
FUENTE: AGENCIA NACIONAL DE NOTICIAS «Télam»